MANUAL DE CONVIVENCIA 2019 - TÉCNICO SUPERIOR

 INSTITUCIÓN EDUCATIVA “TÉCNICO SUPERIOR”
   
   Institución Educativa Oficial, autorizada para prestar el servicio de Educación Formal en los Niveles de  Preescolar,  Básica Primaria,  Básica Secundaria y Media Técnica.

SEDE CENTRAL – ELENA LARA DE CUELLAR – FLORESMIRO AZUERO –LOS MARTIRES
Preescolar, Básica y Media Técnica
Reconocimiento oficial Resolución N° 081 del 25 de marzo de 2003
DANE 141001000031- Nit: 800.092.907-0

Formando para la vida y el trabajo productivo”







MANUAL DE CONVIVENCIA

Neiva - Enero 2019





RECTOR
 JUAN ALONSO ESPINOSA HERRERA




COORDINADORES 
AMPARO ALARCÓN DE BAUTISTA
PAULINA ALARCÓN DE PÉREZ
ANGELA MARIA  SERRANO
ORLANDO ROA JARAMILLO




ORIENTADORAS ESCOLARES
BERTHA ESPERANZA ESQUIVEL SÁNCHEZ
MARÍA LUISA GARCÍA VILLA


SECRETARIA ACADÉMICA
 LEÍDA  YANETH DÍAZ ARDILA



BIBLIOTECARIA
MARÍA AMINTA CAMACHO SÁNCHEZ




TABLA DE CONTENIDO

                                                                                          
                                                                                                         PÁG.

                               PRESENTACIÓN                                                                                      
FUNDAMENTAMENTOS LEGALES  
TÍTULO I.   GENERALIDADES
CAPÍTULO I. HORIZONTE INSTITUCIONAL
 
     Naturaleza y Ubicación
     Principios y Valores
     Misión
     Visión
     Fines
     Objetivos
     Símbolos Institucionales: Escudo, Bandera, Himno

TÍTULO II.  PARTICIPACIÓN ESCOLAR
CAPÍTULO I. COMUNIDAD Y ORGANIZACIÓN
     Comunidad Educativa
     Organismos que conforman el Gobierno Escolar 
     Comisión Electoral y su composición  o Consejo Directivo o Consejo Académico o Rector o Otras instancias de participación: o Asamblea General Padres de Familia o Consejo de Padres o Asociación de Padres de Familia o Consejo de Estudiantes o Personero Estudiantil o Contralor Estudiantil o Comisiones de Evaluación y Promoción o Comité de Convivencia
o Asociación de Egresados

TÍTULO III. EL  ESTUDIANTE  INSTÉCNICO
CAPÍTULO I. ADMISIÓN Y MATRÍCULA
     Admisión
     Matrícula
     Tipos de Matrícula
     Requisitos para la matrícula de estudiantes nuevos
     Requisitos para la renovación de la matrícula para estudiantes antiguos

CAPÍTULO II. PERFIL DEL ESTUDIANTE

CAPITULO III. DERECHO-DEBER
     Derechos, Deberes y Acciones Educativas y Pedagógicas.

CAPÍTULO IV. SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR
     Conflictos 
     Evaluación de los conflictos
     Clasificación de las situaciones que afectan la Convivencia Escolar
     Situación Tipo I
     Protocolo situaciones Tipo I (Ruta de atención)
     Situación Tipo II
     Protocolo situaciones Tipo II (Ruta de atención)
     Situación Tipo III
     Protocolo situaciones Tipo III (Ruta de atención)
     Medidas pedagógicas de promoción, prevención atención y seguimiento
     Medidas de promoción y prevención
     Medidas de atención y seguimiento  Comparendos pedagógicos o Debido proceso o Recursos o Recurso de reposición o Recurso de apelación

CAPÍTULO V. ESTÍMULOS
     Estímulos

CAPÍTULO  VI. IDENTIFICACIÓN
     Elementos de identificación del estudiante
     Uniformes
     Elementos complementarios del uniforme
     Carné estudiantil

CAPÍTULO VII. SISTEMA  INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES
     Acuerdo 011  de 2012.  SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS
ESTUDIANTES.  (Ver P.E.I.)

CAPÍTULO VIII.  ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES A LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICO SUPERIOR.

TITULO IV. ESTAMENTOS  BÁSICOS

CAPÍTULO I.  DIRECTIVOS  DOCENTES  Y DOCENTES
     Definición del cargo
     Derechos y Deberes

CAPÍTULO II PERSONAL ADMINISTRATIVO
     Definición del cargo
     Derechos y Deberes

CAPÍTULO III.  LOS  PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES
     Definición
     Derechos
     Deberes


CAPÍTULO IV.  EGRESADOS          

TÍTULO V. OTROS SERVICIOS
CAPÍTULO I.  SERVICIOS DE BIENESTAR
     Orientación escolar
     Biblioteca  Tienda escolar.
     Restaurante escolar.

     CAPÍTULO II. SALIDAS PEDAGÓGICAS Y ÁREAS ESPECIALIZADAS
     Salidas pedagógicas
     Áreas deportivas
     Celaduría y portería
     Aulas especializadas
TITULO VI.  Prohibiciones

ANEXOS:     
Anexo No.  1      MODELO PEDAGÓGICO
Anexo  No. 2.      RUTAS DE ATENCIÓN EN CASOS DE EVENTOS  EN SALUD MENTAL

                         
              
                      
               





ACUERDO No. 012
  ( 22  de Marzo de 2018)

Por el cual se ajusta el Reglamento o Manual de Convivencia para la Institución
Educativa Técnico Superior de Neiva – Huila

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA  TÉCNICO SUPERIOR DE NEIVA,

  
En uso de las atribuciones legales y en especial las del Artículo 144 de la Ley
115 de 1994, el Decreto Reglamentario 1860 de 1994, la Ley 715 de 2001, Decreto 1850 de 2002, Ley 1620 de Marzo de 2013 y su Decreto Reglamentario
1965 de septiembre de 2013 y lo establecido en el Proyecto Educativo
Institucional, del cual el Manual hace parte integral en todo su articulado y,


CONSIDERANDO


Que es necesaria la actualización del Manual de Convivencia de la Institución Educativa.

Que es necesario establecer criterios y procedimientos para la organización y convivencia de la Comunidad Educativa.

Que la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), en el Artículo 87 dispone que “Los establecimientos educativos tendrán un Reglamento o Manual de Convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones de los estudiantes. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo”.

Que el Decreto 1860 de 1994 (3 de agosto), en el Artículo 23, Funciones del Consejo Directivo, lo faculta en el enciso c) “Adoptar el Manual de Convivencia y el Reglamento de la Institución”, en el enciso h) “Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa” y en el enciso i) “Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al Reglamento o Manual de Convivencia”.

Que mediante la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965 del mismo año se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar", cuyo objeto es “contribuir a la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, participativa, pluralista e intercultural”.

Que el Reglamento o Manual de Convivencia es el instrumento de guía y establece los parámetros de comportamiento orientados a la formación integral de la persona hacia la exaltación de los valores.

Que en comisiones y plenarias, los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa de la Institución, estudiaron las reformas del Reglamento o Manual de Convivencia, atendiendo la normatividad vigente y los requerimientos formulados por el Comité Técnico de la Secretaría de Educación Municipal según  Acta de agosto 30 de 2016.

Que el Reglamento o Manual de Convivencia es el producto de la discusión y concertación de la Comunidad Educativa directamente y/o por intermedio de sus representantes legales.

Que según Acta No. 033 del 31 de julio de 2014 en el Consejo Directivo se aprobó la reestructuración del Reglamento o Manual de Convivencia para la Institución Educativa Técnico Superior de Neiva.

           
ACUERDA
ARTÍCULO 1º.  Aprobar la adopción del  Reglamento o Manual de Convivencia de la Institución Educativa Técnico Superior de Neiva, con un total de VI Títulos y 64 Artículos.

ARTÍCULO 2.  El presente Reglamento o Manual de Convivencia está sujeto a modificaciones de acuerdo a nuevas reglamentaciones.

COMUNÍQUESE  PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Neiva,  a los  22   días de Marzo   de 2018.


                                         JUAN ALONSO ESPINOSA HERRERA            
                                                                     Rector
                                                                                                                                  

ANA RITA BARREIRO DURÁN
Secretaria


 INTEGRANTES CONSEJO DIRECTIVO


JUAN ALONSO ESPINOSA HERRERA RECTOR
YOLANDA DIAZ SÁNCHEZ Representante de los  Docentes
ANA RITA BARREIRO DURÁN Representante de los Docentes 
ANDRÉS ULLOA LÓPEZ Representante Padres de Familia
LUIS ALFONSO ZAMBRANO AMAYA Representante Padres de Familia
PEDRONEL PALACIOS CÁRDENAS Representante Sector Productivo
EDISON YAMIL SALCEDO CAICEDO Representante Egresados
VIVIANA ANDREA VILLANUEVA MATALLANA Representante de los Alumnos

 

 

 

PRESENTACIÓN


Este Manual de Convivencia establece las normas de comportamiento válidas para lograr un ambiente de trabajo sano y agradable, que facilite el alcance de los logros, objetivos y propósitos de la Institución. Es el resultado de un trabajo participativo y concertado con todos los estamentos de la  comunidad educativa.

El Manual de Convivencia se reestructuró teniendo como marco legal la Constitución del año 1991, la Ley General de la Educación (Ley 115 de 1994) y su Decreto 1290 del 2009, la Ley 1098 de 2.006 (Ley de la Infancia  y Adolescencia), Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 y su Decreto Reglamentario 1965 del 11 de septiembre de 2013.

Contiene cinco títulos con sus correspondientes capítulos y Artículos de la siguiente manera: El primer título se refiere a las Generalidades relacionadas con el horizonte institucional. El segundo título contiene los aspectos de participación de la comunidad educativa y organización del gobierno escolar. El tercer título desarrolla aspectos relacionados con el ingreso y permanencia del estudiante dentro de la Institución, el título cuarto define las funciones, derechos y deberes de otros estamentos que hacen parte de la misma y el título V que hace referencia a los servicios que presta la Institución.







FUNDAMENTOS LEGALES


El Manual de Convivencia se fundamenta legalmente en:

La Constitución Política Nacional que consagra los derechos humanos, la tolerancia, la convivencia y la participación como fuentes de la democracia  y la paz. ( Art. 18-19-27- y 68 entre otros).

La Ley 115 de 1994, que señala la autonomía y la participación de  todos los que hacen parte de los procesos educativos en la Institución (Art. 73 y 78).

Decreto 1860 de 1994,  que define los lineamientos generales para la elaboración del Manual de Convivencia. (Art. 17)

Ley 1098 de 2006 (Código de la infancia y la Adolescencia).

Decreto 1290 de 2009,  que establece normas y lineamientos  para Promoción y Evaluación de los educandos.

Acuerdo 011 de 2011, por medio del cual se adopta el Sistema de Evaluación y Promoción Institucional.

Ley 1620 del 15 de marzo de 2013, por el cual se crea el sistema nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

Decreto 1965 del 11 de septiembre de 2013, por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013.

Nuevo Código de Policía y convivencia para vivir en paz
 Jurisprudencia existente 

Decreto 1075 de 2015.






TITULO I

GENERALIDADES


CAPÍTULO I HORIZONTE INSTITUCIONAL



ARTICULO 1. NATURALEZA Y UBICACIÓN: La Institución Educativa Técnico Superior  “Angelino Vargas Perdomo”; fue creada mediante Ordenanza No. 21 de 1934 y funciona desde 1935. Es una Institución de naturaleza oficial, carácter mixto;  con Reconocimiento Oficial por Resolución No. 0605 del 11 de Abril de 2016 y por la cual se adiciona a la Resolución No. 081 de 2003, proferida por la Secretaria de Educación Municipal de Neiva, para ofrecer el servicio educativo formal regular, en los niveles de educación Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria y Media Técnica,  en  dos  jornadas Mañana y Tarde, calendario A.  

La Institución Educativa Técnico Superior  “Angelino Vargas Perdomo”, está conformada por las sedes: Central,  ubicada en la Avenida Tenerife No. 2-72 de la ciudad de Neiva, Departamento del Huila, Teléfonos: Rectoría 8641190, Recepción:  8643442 – 8643452; Los Mártires, ubicada en la Calle 10 No.1E76, Teléfono 8722043; Floresmiro Azuero ubicada en la Calle 23 No.6A-49  teléfono 8744005; y Elena Lara de Cuellar ubicada en la Carrera 7 No.21-60, Teléfono 8723888.

ARTICULO 2. PRINCIPIOS Y VALORES:  La educación en la Institución Educativa Técnico Superior, se asume como un proceso que busca el crecimiento integral de educandos.

 ARTICULO 3. PRINCIPIOS: Soportan la teoría, la ideología, la práctica y el proceso de educación integral para el desarrollo y modo de proceder de la comunidad  educativa; son el punto de partida y el hilo conductor en el proceso de formación y el derrotero en las prácticas pedagógicas, contemplados así:

 DEMOCRACIA. Desarrolla la autonomía entendida como libertad, cooperación, participación y justicia, generando espacios de reflexión y actuación de los diferentes estamentos; fundamentada en el reconocimiento de los derechos humanos, la convivencia pacífica y la paz.

FORMACIÓN EN VALORES. Es la dinámica que permite a la comunidad educativa orientar sus acciones y comportamientos hacia   el desarrollo de la personalidad de los educandos, la transformación social y la preservación del ambiente.


PERFECTIBILIDAD. Promueve el desarrollo pleno de las potencialidades humanas, intelectuales, físicas y culturales para construir esquemas de convivencia social y global que aseguren los derechos fundamentales del ser humano con respeto, tolerancia, dignidad, pluralidad y equidad en la búsqueda de ser cada día mejor.

AUTONOMÍA. Proceso de construcción personal generado desde el mismo individuo, promoviendo su singularidad que le permite tomar decisiones responsables, guiadas por normas interiorizadas.


TECNOLOGÍA. Favorece desarrollo de modelos de pensamiento y análisis de problemas con el uso racional, organizado, planificado y creativo de los recursos materiales que brinde respuesta a las necesidades y demandas de las personas y la sociedad en lo que respecta al diseño, la producción y distribución de bienes, procesos y servicios.


COMUNICACIÓN. Es el proceso dinámico, cordial y permanente de interacción entre los diferentes estamentos de la institución para compartir e intercambiar ideas, sentimientos, opiniones y decisiones con el objeto de entender la realidad y poder intervenir en ella.


RESPONSABILIDAD SOCIAL. Es el compromiso activo, responsable y voluntario con la sociedad y el medio ambiente para ser agente de cambio en lo académico, social, económico y ambiental.

INCLUSIÓN: La Institución Educativa Técnico Superior de Neiva reconoce la diversidad, con equidad, en el marco del respeto y aceptación sin distingo de raza, sexo, religión, opinión política o filosófica, a través de la flexibilidad curricular, atención y  acompañamiento de los estudiantes y padres de familia.


ARTÍCULO 4.- VALORES: Son las cualidades en la forma de ser y actuar  de  cada  uno  de  los  integrantes de la comunidad educativa; básicos en la construcción de una convivencia sana y democrática en el marco del amor y de los derechos humanos. Estos son:


RESPONSABILIDAD. Es la disposición habitual de responder o dar cuenta  de los actos que se realizan consciente e intencionalmente haciendo uso de la libre voluntad.


RESPETO. Es la no violación de los derechos del otro reconociéndolo como persona.


TOLERANCIA. Reconoce la autonomía de cada ser humano y acepta el derecho a ser diferente.


LIDERAZGO. Es la capacidad de tomar la iniciativa, promover, gestionar, motivar e influir positivamente en otros para el logro  de los procesos académicos, sociales y ambientales.


SOLIDARIDAD. Es un compromiso que contribuye al progreso individual y social para conseguir el bien común.


JUSTICIA. Apunta a los principios de legalidad y legitimidad para la solución eficaz de los conflictos y a reconocer para todos, los mismos derechos, fomentando la equidad y la imparcialidad.


CUIDADO DEL ENTORNO. Corresponde al respeto, promoción, protección y valoración del especio físico interno y externo.


APRECIO POR EL SABER. Es la capacidad que permite entender la necesidad de aproximarse al conocimiento, como herramienta fundamental para el progreso individual y social.
TRABAJO: Es un medio para el desarrollo integral del hombre que permite perfeccionar sus capacidades y establecer una relación humana con los demás y con el medio.


ARTÍCULO 5.- MISIÓN: La Institución Educativa Técnico  Superior de Neiva concentra sus esfuerzos en formar jóvenes líderes en el desarrollo     de    procesos  de    calidad,  mediante    una   educación humanística, técnica, tecnológica, empresarial, laboral y académica, en interacción con otras instituciones para que sean competentes y competitivos en el campo  donde se desempeñen.

ARTÍCULO 6.- VISIÓN: La Institución Educativa Técnico  Superior de Neiva, pretende  hacia el año 2025 proyectarse como una organización líder en el desarrollo de procesos técnicos, tecnológicos y académicos; con una comunidad educativa actuante y participante, abierta al debate, a la crítica autónoma, con valores éticos y morales, con un currículo flexible y pertinente que privilegie la formación integral  a través del aprendizaje significativo, para que  el egresado sea capaz de participar en la sociedad de manera productiva  y con responsabilidad social.


ARTÍCULO 7. FINES: Acorde con los fines establecidos para el Sistema Educativo Colombiano y de conformidad con el  Artículo 67 de la Constitución Política de Colombia, la institución Educativa Técnico Superior establece:

a.   El pleno desarrollo de la personalidad conforme a las limitaciones de   ley.

b.   La formación en valores para la vida, por su defensa y en  defensa del equilibrio eco-sistémico.

c.    La formación en competencias ciudadanas que posibiliten un hombre político.

d.   La adquisición de conocimientos que generen desarrollo cultural, deportivo, técnico, tecnológico y científico.

e.    El desarrollo de actividades y capacidades para la crítica constructiva en todos los órdenes.

f.     La formación en competencias laborales mediante la combinación armónica de la teoría y la práctica con proyección autogestionaria y empresarial.

g.   La formación de individuos capaces de encontrar soluciones tecnológicas reales a problemas o necesidades del entorno. 

h.   La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene; la educación física, la recreación, el deporte y la utilización adecuada del tiempo libre.

ARTICULO 8.- OBJETIVOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: La Institución Educativa Técnico Superior tiene como objetivos específicos, además de los consagrados en las normas educativas vigentes, los siguientes:   

a.    Diseñar y desarrollar estrategias que le permitan a la Institución Educativa Técnico Superior de Neiva, consolidarse como polo de desarrollo del sistema educativo regional, en consonancia con las políticas educativas nacionales, regionales y locales.

b.   Desarrollar una formación sólida en competencias básicas ciudadanas y laborales, pertinentes con las necesidades de desarrollo de la región  Surcolombiana.

c.    Desarrollar proyectos productivos que permitan dimensionar la integración teoría y práctica; así como la captación de recursos para el mejoramiento tecnológico.

d.   Generar espacios que permitan desarrollar en la Comunidad Educativa el  aprecio por el conocimiento y la creatividad.

e.    Fomentar y ejecutar planes de estudio, programas y proyectos, así como la adecuación de estrategias y recursos que permitan la formación integral d los estudiantes.

f.     Diseñar estrategias que fomenten la práctica permanente de valores humanos como alternativa para la construcción de ambientes de alteridad y democracia.


ARTICULO 9.- OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA. 

a.   Promover, garantizar y defender los derechos humanos y los derechos     humanos sexuales y reproductivos.

b.   Establecer normas para las funciones, deberes, comportamientos y actitudes pactados por la comunidad educativa entre sí y con el entorno escolar, de manera tal que se garantice el ejercicio de los derechos de todas las personas que la conforman.

c.    Fortalecer procesos en torno a las medidas pedagógicas y alternativas de solución para las situaciones que afectan la convivencia escolar.

d.   Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección temprana y denuncia de todas aquellas conductas que atentan contra la convivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar.

e.    Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas situaciones y conductas de riesgo psicosocial.

ARTICULO 10. SIMBOLOS INSTITUCIONALES:  El Escudo, la Bandera y el Himno son emblemas de la Institución Educativa Técnico Superior.

ESCUDO: Se instituyó  aproximadamente desde el año de 1965.   Lo conforman tres elementos básicos a saber:  La campana de Gauss en la parte superior simboliza la sabiduría, cruzada en posición vertical por la bandera de Colombia, en forma de escalones invertidos;  en la parte  inferior  se  establece  en  color  negro  la  mitad  de  una rueda compuesta por 8 dientes, que simbolizan las especialidades técnicas. Posteriormente, aparece el nombre, Técnico Superior en letras blancas. En el centro de la rueda se inscribe en letras blancas la palabra Neiva, sobre un fondo verde que significa el valle del mismo nombre. Finalmente, en la parte superior de la campana de gauss aparece en letras negras Institución Educativa.


BANDERA: Compuesta por dos colores iguales en forma horizontal, los colores son el verde y el blanco. El verde expresa la esperanza que  la sociedad cimienta en la educación técnica; el color blanco significa paz y armonía.
HIMNO: Debe su letra al Maestro José Vicente Trujillo Ramírez y la música al Compositor
Francisco Javier Rubiano (q.e.p.d.). Fue instituido con motivo del cincuentenario de la Institución.   Se  compone de cinco (5) estrofas y un coro en forma de acróstico, alusivo al Maestro fundador Angelino Vargas Perdomo. 
  

HIMNO AL INSTITUTO TÉCNICO SUPERIOR 

Letra: José Vicente Trujillo Ramírez
Música: Francisco Javier Rubiano.  (q.e.p.d)

A pensar nos invita la historia,
Nuestro lema por siempre es triunfar, Gracias damos a un hombre en la tierra,
Entusiasta en la rama industrial.
Los del torno y el horno encendido,
Irradiando la ciencia estarán,
Nuevos cambios del mundo se esperan,
Obsesión de una patria ideal.


Coro
Palpitante juventud adelante
Con el arte tenemos que avanzar Es consigna de buen estudiante, Con la brega la meta alcanzar.

Vanguardismo en la vida seremos,
Adornados de luz y de amor,
Rescatando también los principios, Gentileza, pulcritud y tesón.
Asociados del libro y del hierro,
Sabia frase del gran profesor  

Por el bien del colegio cantemos,
Este himno con el corazón.
Recitad lo aprendido a tu hermano
Destacad el valor de enseñar
Otro hombre renace en la gloria
Muestra entonces de fama inmortal
Otro hombre renace en la gloria… (bis)

Asociados del libro y del hierro,
Sabia frase del gran profesor
Por el bien del colegio cantemos, Este himno con el corazón.





  

TITULO II

PARTICIPACIÓN ESCOLAR

CAPITULO I COMUNIDAD Y ORGANIZACIÓN


ARTÍCULO 11.- COMUNIDAD EDUCATIVA: La comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidad directa en  la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional  y se compone de los siguientes estamentos:

a.        Los estudiantes matriculados
b.        Los padres de familia y/o acudientes 
c.        Los directivos docentes y docentes 
d.        El personal administrativo y asistencial 
e.        Los  estudiantes egresados organizados para participar

ARTÍCULO 12. DE LA COMISIÓN ELECTORAL Y SU COMPOSICIÓN
La Comisión Electoral Institucional es el conjunto de personas naturales encargadas de  organizar, dirigir, desarrollar, decidir y evaluar los diferentes procesos de conformación 
y divulgación del gobierno escolar y de los órganos colegiados que representan a los distintos estamentos de la Institución.
  Estará integrada así: 
 El rector quien la preside. 
De la Sede Principal, el Coordinador del Área de Sociales de cada jornada. Un Coordinador y un representante de los estudiantes de grado once.
De las sedes de preescolar y primaria se asigna a un docente responsable del área de ciencias sociales por cada sede.  

ARTÍCULO 13.- ORGANISMOS QUE CONFORMAN EL GOBIERNO ESCOLAR Y PROCESO ELECTORAL.

Para garantizar a todos los estamentos su participación democrática en la toma de decisiones, la comunidad de la Institución  Educativa Técnico superior se organiza conforme a la Ley General de Educación, al Decreto 1860/94, Decreto 230 del 2.002  y demás normas reglamentarias así:

1. El CONSEJO DIRECTIVO: Es la máxima instancia Directiva de la institución educativa.  

INTEGRANTES: Está integrado por ocho (8) miembros  así:  a. El Rector: quien lo preside
b. Dos  (2) Representantes del estamento docente.
c.  Dos  (2) Representantes de los Padres de Familia. 
d. Un (1) Representante de los estudiantes.
e.  Un (1) Representante de los ex alumnos.
f.   Un (1) Representante del sector productivo. 

1.1   PROCESO ELECTORAL 
El comité electoral convocará a elección del Consejo Directivo dentro de los treinta (30) primeros días de iniciar las labores académicas del año. 

1.2.  Convocatoria e inscripción de los candidatos al Consejo Directivo: Para los representantes docentes se realizará en la primera semana del año lectivo, para los representantes de padres de familia en la segunda semana de iniciación de clases,  para el representante de los estudiantes los primeros 15 días del mes de febrero, para el representante de los exalumnos y el representante del sector productivo serán responsables rectoría y orientación escolar.
Campaña de candidatos al Consejo Directivo: Las instancias para la participación estudiantil tendrán quince (15) días para estas actividades, el estamento docente tendrá la primera semana institucional,  los candidatos a la representación del sector productivo y exalumnos en la fecha convocada plantearán sus propuestas.

1.3.  Jornada electoral de elección de los representantes al Consejo Directivo: Los docentes se elegirán en asamblea general de docentes mediante voto secreto al finalizar la primera semana de desarrollo institucional. El estudiante representante al Consejo Directivo será del grado 11, quien se elige por votación directa de los representantes de grado, en la primera reunión de conformación del consejo estudiantil. 

1.4.  Posesión de los representantes en sus cargos
La posesión de los miembros al Consejo Directivo se realizará en la primera reunión convocada por el rector. El período de ejercicio del cargo será anual, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados al año siguiente. 

Parágrafo 1: 
En caso de ausencia definitiva de algunos de los miembros del consejo Directivo, el cargo será ocupado por el candidato que le sigue en votación.


1.5.  INHABILIDADES, IMPEDIMENTOS, INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE  INTERESES
De los integrantes al Consejo Directivo serán declarados inhábiles a quienes: 

1.5.1   Se compruebe que hayan sido promovidos, apoyados públicamente  o dirigidos por organizaciones o personas ajenas a la Institución.      

1.5.2   Hayan mostrado conductas contrarias a los principios y valores  establecidos para los integrantes de la comunidad educativa institucional; hayan sido sancionados por incumplimiento a los deberes y prohibiciones o evidencien acciones dolosas o contrarias a los intereses del estamento representado.  

1.5.3   Del conflicto de intereses. Toda persona que tenga intereses, cargos o  vínculos económicos con la institución queda inhabilitada para ser elegido. 

1.5.4   Términos. Las impugnaciones y la interposición de recursos sobre  acciones o procedimientos establecidos en este reglamento se harán ante  el Comité Electoral Institucional, y tendrán un término de tres (3) días  hábiles para su presentación, a partir de la fecha del hecho. En estas habrá autonomía por parte del Comité Electoral Institucional dentro del debido proceso y basado en el presente reglamento y las normas vigentes.
1.6. ESTIMULOS. 
Serán estímulos para los docentes que conforman el consejo Directivo los siguientes:
1.6.1.  Reconocimiento en asamblea general por la labor desempeñada, con copia a la hoja de vida.
1.6.2.  No se les asignará dirección o asesoría de grado y/ o coordinación de área.
1.7. SANCIONES Y PÉRDIDA DE INVESTIDURA
La pérdida del cargo por inasistencia , sin causa justificada,  a tres (3) reuniones consecutivas del consejo directivo.

FUNCIONES:   Definidas en el Decreto 1860 de 1994, Artículo 23:

a.   Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad.

b.   Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o Manual de Convivencia.

c.    Adoptar el Manual de Convivencia de la Institución.

d.   Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.

e.    Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando algunos de sus miembros se sienta lesionado.

f.     Aprobar el Plan Anual de actualización académica del personal docente presentado por el rector.

g.   Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del Currículo y del Plan de Estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que hagan sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley.

h.   Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa.

i.     Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno que han de incorporarse al Manual de Convivencia.  En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.

j.     Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la Institución

k.   Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.  

l.     Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.

m. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

n.   Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y estudiantes.

o.   Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente Decreto.
p.   Aprobar presupuestos de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares.

q.   Darse su propio reglamento.

EL RECTOR: Es el representante  legal de la Institución, responsable de la gestión administrativa y académica, ejecutor de las decisiones de los órganos directivos del gobierno escolar.

FUNCIONES: Definidas en el Artículo 10 de la Ley 715/2001.


2.           El CONSEJO ACADEMICO: Es el organismo encargado de orientar los procesos académicos y pedagógicos de la institución.
2.1. INTEGRANTES DEL CONSEJO ACADEMICO
El consejo académico se constituye de acuerdo con los lineamientos estipulados en el Artículo 24 del Decreto 1860/94, y del Artículo 145 de la Ley 115/94. Son integrantes del consejo académico, los siguientes miembros:

El rector, quien lo preside                                                                                                              
Coordinadores Académicos                                                                                 
Un representante del área de educación religiosa y moral                                 
Un representante del área de ciencias sociales                                                
Un representante del área de humanidades y lengua castellana    
Un representante del área de idioma extranjero: inglés                                             
Un representante del área de ciencias naturales y educación ambiental        
Un representante del área de matemáticas                                                            
Un representante del área de educación artística y cultural                                              
Un representante del área de educación física, recreación y deportes                                                Un representante del área de ética y valores
Un representante del área de filosofía y religión                                                    
Un representante del área de Tecnología e Informática      
Un representante de las modalidades técnicas                                 

La naturaleza del consejo académico es eminentemente de tipo académico y asesor del consejo directivo.




2.2. PROCESO ELECTORAL 
2.2.1. Convocatoria y elección de los miembros del Consejo Académico:
La convocatoria y elección para la conformación del Consejo Académico se realizará en la primera semana institucional del año escolar.

El rector y los coordinadores académicos (directivos docentes) por derecho propio integran el consejo académico.

El representante del área técnica y académicas ante el consejo académico, será elegido por los integrantes de las áreas de las jornadas que ofrece la institución, o por derecho propio si es un solo docente por área. Su elección se debe hacer con la mayor responsabilidad, pues él será quien recogerá toda la información e inquietudes presentadas en el área y también es quien orientará el proceso de planeación y mejoramiento del área.

Los representantes del consejo académico deben poseer las siguientes cualidades: 

a.  Estar vinculado como profesor de tiempo completo a la institución.
b.  Gozar de buena aceptación entre sus compañeros de área.
c.  Ser reconocido de ámbito profesional por su formación académica.
d.  Que se destaque por su seriedad, objetividad y resolución de conflictos para manejar las situaciones que se presenten.
e.  Gran sentido de responsabilidad para cumplir con las exigencias institucionales y relacionadas con el área.


PARÁGRAFO 1: Todas las áreas deben tener su representante en el consejo académico.

PARÁGRAFO 2:  Las Sedes de la Institución  (Mártires, Elena Lara y Floresmiro Azuero) tendrán un representante.

2.2.2. Posesión de los representantes en sus cargos
La posesión de los representantes docentes se realizará en la primera reunión del Consejo Académico convocada por el rector. El período de ejercicio del cargo será anual, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados al año siguiente. 

En caso de vacancia, se citará a reunión a los integrantes del área quienes elegirán su reemplazo para el resto del período dentro de los primeros diez días calendario siguientes a la declaración de ésta.

2.3. ESTIMULOS 
Como estímulo se hará reconocimiento en asamblea general por la labor desempeñada, con copia a la hoja de vida.

2.4. SANCIONES Y PÉRDIDA DE INVESTIDURA
Se considera causales para la pérdida de la investidura como representante al Consejo Académico las siguientes: 

a.  Inasistencia a tres (3) reuniones sin justa causa.
b.  Incumplimiento sistemático en las funciones asignadas como miembro del Consejo Académico.

FUNCIONES: Definidas en el Decreto 1860 de 1994, Artículo 24:

a.   Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.

b.   Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente Decreto.

c.    Organizar el Plan de Estudios y orientar su ejecución.

d.   Participar en la Evaluación Institucional anual.

e.    Conformar las comisiones de Evaluación y Promoción y supervisar el proceso general de evaluación de estudiantes.

f.     Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa.

g.   Analizar y las solicitudes de promoción anticipada que presenten los estudiantes  y darles el trámite correspondiente 

ARTÍCULO 13.  OTRAS INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN: Otras formas de participación de la comunidad educativa son: 


1.  ASAMBLEA GENERAL DE PADRES DE FAMILIA: Está conformada
por todos los padres de familia y/o acudientes de la Institución que tengan sus hijos legalmente  matriculados.  Ellos son los responsables del ejercicio de sus derechos y deberes en relación con el proceso educativo de sus hijos.

2.  CONSEJO DE PADRES: Según lo estipulado en el decreto 1286 del 27 de abril del 2005, emanado del MEN; el Consejo de Padres de Familia es un órgano de participación de los Padres de Familia  de la Institución Educativa, destinado a asegurar su continua participación en el proceso educativo y a elevar los resultados de calidad del servicio.  El Consejo de Padres estará integrado por dos (2) padres de familia, principal y suplente,  por  cada uno de los grados que ofrezca la Institución Educativa, de conformidad con lo establecido en  el Proyecto Educativo Institucional.

2.1.  PROCESO ELECTORAL CONSEJO DE PADRES
El Rector convoca la Asamblea General de Padres de Familia para la elección del Consejo de Padres dentro de los 30 primeros días de iniciar las labores académicas del año. 

2.1.1.   Inscripción y elección del  representante de los padres de familia al Consejo de Padres: En la primera Asamblea General de Padres de Familia se realiza la convocatoria y en reunión por grupo, de cada grado, que ofrece la institución y mediante votación directa se hace la elección de los representantes de los padres al Consejo de Padres.

2.1.2.   Conformación del Consejo de Padres y elección de los representantes al Consejo Directivo: En la tercera semana iniciada las actividades académicas el Consejo Electoral convoca a reunión a los representantes de los padres de familia de cada grupo por grados para conformar el consejo de padres. Ya en reunión se organizan sub-grupos según los grados que ofrece la institución de preescolar a undécimo y por votación directa al interior de cada uno se elige principal y suplente. 
De los miembros elegidos por cada grado al consejo de padres se elige por votación directa a los miembros de la junta directiva y los dos representantes de los padres al Consejo Directivo.  El que sea elegido presidente será el representante de los padres al Comité de  Convivencia.
En caso de ausencia definitiva de algunos de los miembros del Consejo de Padres, el cargo será ocupado por el candidato que le sigue en votación.
2.2.    INHABILIDADES, IMPEDIMENTOS, INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE  INTERESES
De los integrantes al Consejo de Padres serán declarados inhábiles:

2.2.1.      Contravención a deberes. Quienes incumplan los deberes establecidos en el Manual de Convivencia o evidencien acciones contrarias a los intereses del estamento representado.  
2.2.2.      Del conflicto de intereses. Quienes tengan intereses, cargos o vínculos económicos directos o a través de terceros, con la institución queda inhabilitada para ser elegido.
2.2.3.      De los términos. Las impugnaciones y la interposición de recursos sobre acciones o procedimientos establecidos en este reglamento se harán ante el Comité Electoral Institucional, y tendrán un término de tres días   (3) hábiles para su presentación, a partir de la fecha del hecho. En estas habrá autonomía por parte del Comité Electoral Institucional basado en el presente reglamento y las normas vigentes y atendiendo al debido proceso.
2.3.    ESTIMULOS A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE PADRES
Como estímulo se hará reconocimiento en asamblea general por la labor desempeñada.

2.4.    PÉRDIDA DE INVESTIDURA Y EXCLUSIONES COMO MIEMBRO DEL CONSEJO DE PADRES
La calidad de Miembro se pierde por cualquiera de las siguientes causales: 
§  Por presentar tres (3) inasistencias consecutivas injustificadas.
§  Por retiro voluntario. 
§  Por retiro del estudiante que está representando en el plantel educativo. 
§  Por fallecimiento del alumno o del miembro. 
§  Por disolución o liquidación del Consejo.

Corresponde al Consejo de Padres de Familia:

a.   Contribuir con el análisis, difusión y uso de los resultados de las evaluaciones periódicas de competencias y las pruebas de Estado.

b.   Exigir que el  establecimiento con todos sus estudiantes participe en las pruebas de competencias y de Estado realizadas por el ICFES.

c.    Apoyar las actividades artísticas, científicas, técnicas y deportivas que organice  la Institución Educativa, orientadas a mejorar las competencias de los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadanía y la creación de la cultura de la legalidad.

d.   Participar en la elaboración de planes de mejoramiento y en el logro de los objetivos planteados.

e.    Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a los estudiantes para facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, mejorar la autoestima y el ambiente de convivencia y especialmente aquellas destinadas a promover los derechos del niño.

f.     Propiciar un clima de confianza, entendimiento, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la comunidad educativa.

g.   Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley.

h.   Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y mental de los educandos, la solución de las dificultades de aprendizaje, la detección de problemas de integración escolar y el mejoramiento del medio ambiente.

i.     Elegir al padre de familia que participará en la Comisión de Evaluación y Promoción de acuerdo con el decreto 1290 de 2008.

j.     Presentar las propuestas de modificación   del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los padres de familia de conformidad con lo previsto en los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 1860 de 1994.

k.   Elegir los dos representantes de los padres de familia, al  Consejo Directivo. 

3. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA: Para todos los efectos legales, según lo estipulado en el decreto 1286 del 27 de abril del 2005, emanado del MEN; la Asociación de Padres de Familia es una entidad Jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en  la institución educativa.

Las principales finalidades de la Asociación de Padres de Familia  son:

a.   Apoyar la elaboración del Proyecto Educativo Institucional y el Plan de Mejoramiento.

b.  Promover la construcción de un clima  de confianza, tolerancia y respeto entre los miembros de la comunidad educativa.

c.   Promover los procesos de autoformación permanente  de  los padres de familia. 
d.  Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de  aprendizaje.

e.   Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de conflictos y compromiso con la cultura de la legalidad.

f.    Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.

4.  CONSEJO DE ESTUDIANTES: 

Es el máximo órgano colegiado del estamento estudiantil, éste asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación por parte de los estudiantes y está integrado por un vocero de cada uno de los grados existentes.

El Consejo elige entre sus integrantes al representante de los estudiantes  al Consejo Directivo, éste debe estar cursando el grado Once como lo establece la normatividad.

Corresponde al Consejo de Estudiantes:

a.   Darse internamente su propia organización.  

b.   Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del establecimiento y asesorarlo en el cumplimiento de su representación.

c.    Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil, y las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el Manual de Convivencia o las normas legales.
4.1. PROCESO ELECTORAL CONSEJO DE ESTUDIANTES
Dentro de los  treinta  (30)  primeros días de iniciar las labores académicas y en asesoría de grado se elige al vocero o representante de los estudiantes para que conforme el consejo estudiantil para el respectivo año lectivo.

4.2. Conformación del Consejo de Estudiantes y elección de los representantes al Consejo Directivo: En la tercera semana iniciadas las actividades académicas el Consejo Electoral convoca a reunión a los representantes de los estudiantes de cada grupo, por grados, para conformar el consejo de estudiantes. Ya en reunión se organizan sub-grupos según los grados que ofrece la institución de preescolar a undécimo y por votación directa al interior de cada uno se elige un representante.  De los miembros elegidos al consejo de estudiantes se elige por votación directa a los miembros de junta directiva y un representante  de los estudiantes al Consejo Directivo, que debe ser de grado 11.
En caso de ausencia definitiva de algunos de los miembros del Consejo de estudiantes, el cargo será ocupado por el candidato que le sigue en votación.

4.3. INHABILIDADES, IMPEDIMENTOS, INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERESES
De los integrantes al Consejo de Estudiantes serán declarados inhábiles a quienes: 

4.3.1 Contravención a deberes. Quien incumpla los deberes establecidos en el manual de convivencia o evidencien acciones contrarias a los intereses del estamento representado.  
4.4. ESTIMULOS A LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES
Como estímulo se hará reconocimiento en asamblea general al finalizar el año lectivo por la labor desempeñada.
4.5. PERDIDA DE INVESTIDURA Y EXCLUSIONES COMO MIEMBRO DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES
La calidad de Miembro se pierde por cualquiera de las siguientes causales: 
§  Por presentar Dos (2) inasistencias consecutivas injustificadas.
§  Por retiro voluntario. 
§  Por retiro del estudiante del plantel educativo. 
§  Por fallecimiento del alumno. 
§  Por proceso disciplinario.

5.   PERSONERO ESTUDIANTIL:  Como lo establece la norma existirá un solo Personero en la Institución y es el estudiante encargado de promover el ejercicio de los derechos y deberes de los estudiantes consagrados en la Constitución Política, las leyes, los reglamentos y el Manual de Convivencia, su elección debe realizarse durante  los primeros sesenta (60) días del periodo lectivo correspondiente, previa inscripción de los alumnos que cursen el último grado; para tal efecto el Rector debe convocar a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. El suplente será quien haya obtenido la segunda votación.

El ejercicio del cargo del Personero de los estudiantes es incompatible con el representante de los estudiantes al Consejo Directivo.  Para ser aspirante a Personero, el estudiante  debe poseer cualidades  de liderazgo, además  debe certificar un excelente comportamiento y  buen rendimiento académico.


INSCRIPCIONES: Los estudiantes que deseen postularse para participar en la elección de Personero, deberán inscribirse con los Docentes del área de Ciencias Sociales de la Jornada de  la mañana o Jornada de la Tarde, según corresponda, con presentación personal y adjuntar propuesta de trabajo, hoja de vida con una foto  tamaño documento y el cronograma de actividades a realizar durante su campaña. El trabajo debe ser coordinado con el Área de Sociales.


DE LA CAMPAÑA: La campaña se desarrollará dentro  de los tiempos establecidos en el calendario electoral aprobado por la Institución, el cual será difundido públicamente.
Durante este período de la campaña, el estudiante aspirante tiene autorización para visitar los cursos y promover su candidatura, empleando un vocabulario serio y responsable, sin insultos o ataques personales.

A los candidatos les está prohibido ofrecer o prometer prebendas, dádivas que no estén dentro de su competencia y que son contrarias con lo establecido en el presente Manual y  en las Leyes.

Igualmente, podrá hacer uso de afiches, carteles, volantes o un medio similar,  siempre y cuando  éstos no  afecten  la presentación de la planta física de la Institución.


ELECCIONES: La elección se realizará el día y horas aprobadas por la Institución. En caso de fuerza mayor, la fecha de votación se pospondrá para el siguiente día hábil.

Para poder hacer uso de su derecho a elegir, los estudiantes  se identificarán con el carné estudiantil o la tarjeta de identidad y su respectivo uniforme.

Para la elección se utilizará el sistema de tarjetón.  Una vez que la Institución cuente con  un aplicativo y los medios necesarios,  ésta  se realizará  de manera virtual.

Para ser elegido Personero, el candidato debe obtener la más alta votación después de haberse  escrutado  los votos de todas las Sedes en ambas jornadas. 

El estudiante elegido democráticamente debe asumir su cargo con responsabilidad  y sentido de pertenencia durante un año lectivo.

Sobre impugnaciones a la elección del Personero Estudiantil conocerá y decidirá en primera instancia el Comité Electoral y en segunda instancia el Consejo Directivo.

Para efecto de la organización de la Jornada electoral, el Rector designará el Comité Electoral integrado por docentes del Área de Ciencias Sociales de cada jornada para la Sede Central  y un Docente en representación de las otras sedes, un coordinador y un estudiante, quienes fijarán el cronograma electoral. 
 La institución educativa dispondrá los recursos necesarios para el desarrollo de esta jornada, previa justificación.


PÉRDIDA DE LA INVESTIDURA: Cuando se compruebe que el estudiante elegido como Personero no cumple con  los requisitos y funciones establecidos, el Comité Electoral está facultado para revocar su elección y declarar  como nuevo Personero a quien  obtuvo la segunda mayor votación, siempre y cuando cumpla con el perfil exigido.  En caso contrario,  se debe abrir un nuevo proceso de elección.

ESTIMULOS:
      Entregar un reconocimiento en acto público de la ceremonia de grado al estudiante personero, como estímulo a su labor.
      El trabajo  ejercido por el personero estudiantil será validado como servicio social estudiantil.



FUNCIONES DEL PERSONERO:

a.  Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes para lo cual puede utilizar los medios de comunicación interna de la Institución, pedir la colaboración al Consejo de Estudiantes, organizar foros u otros formas de deliberación.

b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los estudiantes.

c.  Presentar ante el Rector o Coordinadores, según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

d. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo, las decisiones del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

e.  Integrar el Comité de Convivencia Escolar.


6. CONTRALOR ESTUDIANTIL: Es el encargado de contribuir con el buen manejo de los recursos públicos de la Institución Educativa, teniendo en cuenta los principios de transparencia, eficiencia, eficacia, economía y celeridad.

INSCRIPCIONES Y ELECCIONES. Los estudiantes que deseen postularse para participar  en la elección del Contralor Escolar deben ser de los  Grados Noveno o Décimo y deberán inscribirse con los Docentes del área de Sociales de la Jornada Mañana y Jornada Tarde respectivamente.

Será elegido democráticamente  por los estudiantes para un periodo de un (1) año lectivo, el mismo día de las elecciones para Personero Estudiantil,  del cual se levantará Acta donde conste quiénes se presentaron a la elección con el número de votos obtenidos y firmada por el Rector y el Representante del Consejo de Padres de Familia.

DERECHOS: Recibir asesoría y apoyos requeridos de la Contraloría Municipal  y del Rector de la Institución durante todo el tiempo del ejercicio a cargo.

DEBERES:   
*    Socializar los temas de control fiscal  con la comunidad estudiantil.
  
*    Presentar informes de gestión por lo menos cada semestre, ante la comunidad educativa, este informe debe ser publicado en cartelera de la Institución Educativa durante 15 días con copia a la Contraloría Municipal.

ESTIMULOS:
      Entregar un reconocimiento en acto público de la ceremonia de grado al estudiante Contralor, como estímulo a su labor.
      El trabajo de control social ejercido por el contralor estudiantil será validado como servicio social estudiantil.



FUNCIONES:  

a.    Propiciar acciones concretas y permanentes de control social a la gestión de la Institución.

b.   Promover la rendición de cuentas en la Institución Educativa

c.    Velar por el correcto funcionamiento  de las inversiones que se realicen mediante los fondos de servicio educativo.

d.   Ejercer el control social a los procesos de contratación que realice la Institución.

e.    Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa, sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes.

f.     Formular recomendaciones o acciones de mejoramiento al Rector y al consejo directivo sobre el manejo del presupuesto y la utilización de los bienes.

g.    Poner en conocimiento del organismo de control competente, las denuncias que tengan mérito con el fin que se apliquen los procedimientos de investigación y sanción que resulten procedente.

h.   Comunicar a la comunidad educativa, los resultados de la gestión realizada durante el periodo.

i.     Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el presupuesto y el plan de compras de la Institución Educativa.

j.     Velar por el cuidado del medio ambiente.


PRINCIPIOS ÉTICOS QUE ORIENTAN SU GESTIÓN:

a.  Los bienes públicos son sagrados

b.  La gestión pública es democrática y participativa

c.  Todos los ciudadanos y sujetos de control son iguales frente al ejercicio de la función fiscalizadora.

d.  Los resultados del ejercicio del control son públicos

7.    COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN.  

Reglamentadas en el Proyecto Educativo Institucional.

8.    COMITÉ DE CONVIVENCIA
 Reglamentada según Ley 1620 del 15 de marzo de 2013.

DEFINICIÓN: El Comité Escolar de Convivencia está encargado de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la Convivencia Escolar, a la Educación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos, así como el desarrollo y aplicación del Manual de Convivencia y de la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.

CONFORMACIÓN:

a.   El Rector, quien lo preside
b.   El Coordinador de Convivencia de cada Jornada y Sede.
c.   Un docente que lidere procesos de Convivencia Escolar por Jornada 
d.   Las Orientadoras Escolares de cada Jornada.
e.   El Presidente del Consejo de Estudiantes.
f.    El Personero Estudiantil
g.   El Presidente del Consejo de Padres de Familia

PARÁGRAFO 
El Comité Escolar de Convivencia podrá invitar, con voz pero sin voto, a un integrante de la comunidad educativa, conocedor de los hechos, con el propósito de ampliar información.

ELECCIÓN.

El representante de los docentes que lidere procesos de convivencia escolar será elegido democráticamente por los docentes para el periodo de un año.   El representante de los padres de familia será el Presidente del Consejo de Padres.



FUNCIONES: De acuerdo con la Ley 1620 de 2013, en su Artículo 13, el Comité  Escolar de Convivencia tendrá las siguientes funciones:

a.      Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.

b.      Liderar en los Establecimientos Educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

c.       Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.

d.      Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa.  El estudiante estará acompañado por el padre o madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

e.       Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definido en el Artículo 29 de la ley 1620, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales o reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia, porque trascienden del ámbito escolar y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias.

f.        Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
g.      Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, de los casos que haya conocido el Comité.

h.      Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

PARÁGRAFO: Este Comité debe darse su propio reglamento.  



9. ASOCIACIÓN DE EGRESADOS

La Asociación de Egresados es una organización autónoma de interés común sin ánimo de lucro.
La Asociación de Egresados se denomina  ASOCIACIÓN DE EGRESADOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICO SUPERIOR – NEIVA  y actúa bajo la sigla  ASDETES – NEIVA.
La entidad tiene su domicilio en la Sede Principal de la Institución, en la Ciudad de Neiva, Dpto. del Huila, República de Colombia, pero podrá establecer capítulos fuera del domicilio principal en la República de Colombia  o en el exterior.
El objeto principal de la Asociación comprenderá la creación y gestión de una red solidaria de amigos que se interese por la Institución Educativa Técnico Superior de Neiva a través del campo de trabajo en el que se desenvuelva el egresado y el intercambio de experiencias que permitan el enriquecimiento cultural, deportivo, social y el bienestar de los mismos  (Art. 4 de Estatutos). 
  







TITULO III

EL ESTUDIANTE INSTÉCNICO

CAPÍTULO I ADMISIÓN Y MATRÍCULA



ARTÍCULO 14.  ADMISIÓN.   La admisión es el proceso mediante el cual se seleccionan a los estudiantes que pueden matricularse en la Institución Educativa.  Pueden aspirar los siguientes:

a.   Estudiantes provenientes de las Sedes de Básica Primaria de la Institución.  Tienen el cupo para grado sexto los que hayan cumplido con los requisitos académicos y  las normas establecidas en el Manual de Convivencia y presenten el formato de prematrícula en las fechas acordadas.

b.   Todos los estudiantes antiguos de la institución deben diligenciar  el formato de pre-matrícula y entregarlo en las fechas establecidas, como requisito para continuar con el proceso de matrícula.

c.    Los estudiantes provenientes de otras instituciones deben diligenciar el  formulario de inscripción, adjuntar todos los documentos solicitados.

d.   El cupo de  estudiantes por salón estará determinado por el estudio técnico de capacidad por aula, avalado por el Consejo Directivo de la Institución.

ARTÍCULO 15.  MATRÍCULA:   Es el acto administrativo que formaliza la vinculación del estudiante admitido y el padre de familia con la institución.  Se realiza una sola vez al ingresar a la Institución y se renueva cada año lectivo.

La matricula se legaliza mediante la firma del estudiante y del padre de familia y/o acudiente del mismo.  Con este acto el estudiante y el acudiente se comprometen a aceptar y cumplir las normas y orientaciones  consignadas en el Manual de Convivencia, Circulares, Citaciones y demás disposiciones de la Institución.

ARTICULO 16.  TIPOS DE MATRÍCULA:
a.   MATRÍCULA ORDINARIA:   Es la realizada dentro de los plazos y fechas señaladas por la Institución

b.   MATRÍCULA POR TRANSFERENCIA: El Rector podrá autorizar matrícula por transferencia, previo cumplimiento de los requisitos especiales para cada caso, de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional.

c.   MATRÍCULA CON ACTA DE COMPROMISO: Es la que se aplica como medida disciplinaria y académica en la cual  el Padre de Familia y/o Acudiente y el estudiante firman compromisos concertados tendientes a superar la dificultades presentadas por el estudiante que serán  objeto de seguimiento y de incumplirse se ejecutará los acuerdos establecidos en la misma.

ARTÍCULO 17. REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA DE ESTUDIANTES
NUEVOS: El estudiante que ingrese por primera vez debe cumplir con los siguientes requisitos:

a.    Haber sido oficialmente admitido.

b.   Legalizar su matrícula acompañado de sus Padres de Familia y/o Acudiente (mayor de edad), en la Jornada en que fue seleccionado y en las fechas establecidas.

c.    Presentar una carpeta café colgante con gancho metálico.

d.   Registro civil de nacimiento, original o fotocopia legible.

e.    Certificado de estudios  de años anteriores y del grado que cursa actualmente.

f.     Fotocopia del documento de identidad, del estudiante,  ampliado al 150%

g.    Tres (3) fotos recientes 3 por 4, fondo azul, marcadas al respaldo con nombres y apellidos y grado al que ingresa.

h.   Presentar fotocopia de afiliación al SISBEN  o a la  EPS.  Quienes no lo tengan deben adquirir un seguro estudiantil. 

i.     Adquirir  el Manual de Convivencia.


ARTÍCULO 18.  REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LA MATRICULA PARA ESTUDIANTES ANTIGUOS: Para la renovación de matrícula, los estudiantes antiguos deben asistir con los Padres de Familia y/o Acudiente y cumplir con los  siguientes requisitos:

a.        Paz y Salvo de la Institución
b.        Legalizar su matrícula acompañado de sus Padres de Familia y/o Acudiente (mayor de edad), en la Jornada en que fue seleccionado y en las fechas establecidas.
c.        Presentar fotocopia ampliada al 150% del documento de identidad actual.
d.        Tres (3) fotografías  recientes, tamaño  3 por 4, fondo azul, marcadas al respaldo con nombres y apellidos y grado al que ingresa.
e.        Presentar fotocopia de afiliación al SISBEN  o a alguna EPS. Quienes no lo tengan deben adquirir un seguro estudiantil 
f.         Firmar el Acta de compromiso, si se requiere,  en cumplimiento  a las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia.

PARAGRAFO 1. Los estudiantes no promovidos podrán matricularse en el grado que reprobaron,  cumplidos los requisitos establecidos.

PARAGRAFO 2. Los estudiantes  retirados y/o desertores que soliciten reintegro a la Institución deben presentar autorización de Rectoría, anexando certificado del último  año cursado para su estudio, de acuerdo a la disponibilidad  de cupos.


CAPITULO II

PERFIL DEL ESTUDIANTE



ARTICULO 19. PERFIL DEL ESTUDIANTE:  
El estudiante de la Institución Educativa Técnico Superior es una persona con cualidades específicas en el campo afectivo, intelectual, social, ético-moral, en lo trascendental y en lo productivo:

En lo afectivo:
a.    Se reconoce como una persona valiosa, segura, importante, distinta de los demás, manifestando una autoestima saludable.
b.   Sabe       reflexionar sobre          sus    actos y        emociones   y      asume        sus responsabilidades.
c.    Muestra empatía con los demás para estar atento a las necesidades del otro, expresando  confianza y una actitud de apoyo.
d.   Reconoce y pone en práctica hábitos saludables, que le permitan mantener su cuerpo y el ambiente sano para lograr mejorar la calidad de vida.

En lo intelectual:
a.   Muestra empeño en querer experimentar aprendizajes significativos que lo lleven a alcanzar una meta.
b.   Desarrolla sus potencialidades que le forman para competir eficientemente en el mundo actual.
c.    Entiende los principios y métodos básicos de la ciencia y la tecnología para dar uso en la solución de situaciones problemáticas reales valorando el impacto ambiental y/o social. 
d.   Conoce las TICS y las reconoce como un medio para optimizar el conocimiento.
En lo social:
a.  Muestra actitudes de respeto desde la práctica de los derechos humanos, en la aceptación de la pluralidad sexual, religiosa, étnica, económica, política, con tolerancia y justicia social.
b.  Se caracteriza por ser receptivo, reflexivo, tolerante y mediador de la solución de conflictos, capaz de proyectarse en lo académico, social y laboral.

c.  Respeta y cuida lo público y reconoce que es de todos y para todos.
d.  Valora las manifestaciones artísticas, culturales y éticas analizando su contribución al desarrollo integral del ser humano.

En lo ético-moral:
a.  Valora y respeta la vida, su integridad y la de otras personas.
b.  Convive armónica y pacíficamente con pleno convencimiento de que el bien común prima sobre el bien particular.
c.   Muestra respeto y aprecio por el valor de alguien o de algo incluyendo el honor, la dignidad y la estima.
d.  Exterioriza los valores que le permiten proyectarse como persona fundamental para la transformación del entorno social.
  
En lo productivo:
a.  Demuestra liderazgo equilibrado, es asertivo, proactivo y emprendedor de proyectos que benefician su vida y su entorno.
b.  Cualifica constantemente sus conocimientos y los encamina hacia la producción de bienes empresariales. 
c.  Muestra una actitud positiva hacia el emprendimiento.
d.  Se caracteriza por la permanente búsqueda de oportunidades y por su               capacidad innovadora.


OTROS PERFILES



PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE
El directivo docente propenderá por ser de alta calidad humana, honesto, respetuoso, responsable en el cumplimiento de sus funciones para poder dirigir con el ejemplo, comprometido con la Institución y facilitador de la comunicación oportuna de las actividades y decisiones que interesan a la comunidad Instécnica para preservar el orden y ser facilitador de procesos caracterizados por la justicia y consecuente con su formación académica y ética profesional.

PERFIL DEL DOCENTE
El docente propenderá por ser modelo  en todo su actuar , facilitador respetuoso y justo en la valoración de los procesos de sus estudiantes, solidario, propiciador de ambientes sanos de convivencia, respetuoso de las normas y comunicador oportuno de actividades y decisiones que interesen a la comunidad Instécnica.
Motivador de las aptitudes y destrezas de los estudiantes y ejemplo de sentido de pertenencia para con la Institución.

PERFIL DEL ADMINISTRATIVO Y OPERATIVO
El administrativo y operativo de la Institución propenderá por ser responsable e idóneo en el cumplimiento de sus funciones, agente activo en la presentación y preservación de la planta física;  solidario, respetuoso, honesto y propiciador de un sano ambiente de trabajo y convivencia; que presente un trato cordial y sea digno de confianza entre los miembros de la comunidad educativa.

PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA
El padre de familia debe propender por ser educador con el ejemplo, el amor y el respeto.  Promotor de los principios y valores en sus hijos, apoyo en el proceso aprendizaje de ellos y partícipe responsable en los procesos democráticos y estamentos del gobierno escolar, así como colaborador en las actividades propuestas por la Institución para beneficio del desarrollo integral de sus hijos.  Responsable de los deberes que le asisten como primeros educadores de ellos  y con sentido de pertenencia con la Institución para contribuir a generar ambientes de confianza, respeto, integración y solución adecuada a los conflictos.






  

CAPITULO III

DERECHOS – DEBERES Y ACCIONES EDUCATIVAS Y PEDAGÓGICAS


ARTICULO 20.  DEFINICIÓN  

Para la práctica de los Derechos y Deberes de los estudiantes se manejan tres componentes, los cuales permiten la  sana convivencia en la Institución, éstos son:
1.   EL DERECHO: Es el reconocimiento de todos los  fundamentos, principios que la Constitución, la Ley, los Reglamentos y la comunidad establece a favor de la persona.

2.   EL DEBER: Son normas consensuadas por los diferentes estamentos que integran la comunidad educativa, que regulan el comportamiento humano individual y social, las cuales se deben construir, actualizar, conocer y asumir con responsabilidad y compromiso.

3.   ACCIONES EDUCATIVAS Y PEDAGÓGICAS: Es el proceso formativo que dirige y orienta el comportamiento de los estudiantes para promover la convivencia armónica dentro y fuera de la Institución. Entre ellas están:  Diálogo individual y grupal, asignación de trabajos formativos, estudio de casos, charlas formativas, conferencias, convivencias, foros, asesorías grupales, reuniones de comunidad estudiantil, , semilleros de investigación, conformación de brigadas, campañas de salud y estilos de vida saludables, cine-foros, etc.  Estas debe generar  un cambio de actitud positiva a quienes se les aplica.  


  

ART. 21 DERECHOS, DEBERES Y ACCIONES EDUCATIVAS Y  PEDAGÓGICAS PARA LOS ESTUDIANTES

DERECHOS
DEBERES

ACCIONES EDUCATIVAS Y PEDAGÓGICAS

1. Recibir una formación integral conforme a los fines y objetivos de la educación.

Asumir con interés y responsabilidad la formación integral  que le  ofrece la Institución.
 §
Motivar al estudiante para que asuma con responsabilidad sus deberes.

2. Conocer         el     Manual      de
Convivencia y participar en su análisis, ajustes y difusión.

Conocer y cumplir los lineamientos consignados en el Manual de
Convivencia.



§
§
Apropiación del Manual de Convivencia  a través de talleres en asesorías de grupo.
Socializar      las      Rutas       de
Atención.

3. Ser atendido de manera oportuna y cordial.


Dirigirse a quien corresponda de manera respetuosa y cordial.

§
Atender y resolver las inquietudes presentadas por los estudiantes. 


 §   
Elaborar acuerdos y hacer seguimiento a compromisos adquiridos, atendiendo el debido proceso.
4. Ser respetado y valorado, sin discriminación, en su integridad física y mental, por su género, identidad sexual, creencia religiosa o política, condición social o cultural, diversidad étnica y situación de discapacidad.
Respetar y valorar la dignidad propia y ajena, sin discriminación, por su género, identidad sexual, creencia religiosa o política, condición social o cultural, diversidad étnica y situación de discapacidad.
§

§

§
Vivir y exigir un ambiente de mutuo respeto.  
Promover       acciones          de tolerancia, diálogo y respeto por las diferencias.
Desarrollar     expresiones artísticas y culturales que motiven la inclusión a la diversidad


§
Realizar los ajustes razonables institucionales   para la inclusión de estudiantes con necesidades educativas especiales y diversas.


§
Exigir de los entes territoriales los apoyos técnicos, profesionales, locativas y materiales que favorezcan el proceso de inclusión a estudiantes en situaciones de discapacidad.




DERECHOS
DEBERES

ACCIONES EDUCATIVAS Y PEDAGÓGICAS
5. Expresar las ideas de manera  libre y responsable

Escuchar y respetar las ideas de los demás 
§
Propiciar espacios de diálogo y sana discusión

6. Presentar sugerencias, reclamos, iniciativas y peticiones que tiendan a mejorar su bienestar y el de la Institución.


Presentar reclamos y peticiones de manera cordial, respetuosa, sincera y honesta, siguiendo el conducto regular.
§
§

Taller de redacción de notas y solicitudes.
Concienciar a los estudiantes para que participen activamente en el bienestar y desarrollo de la Institución.


§
Atender          y          gestionar oportunamente          las sugerencias y reclamos de los estudiantes.

7. Practicar libremente el ejercicio de la democracia para elegir y ser elegido en los organismos institucionales del Gobierno Escolar.     


Participar activa y responsablemente en las organizaciones estudiantiles que establezca la Institución.
§
§
§


Capacitación al estudiante en el ejercicio y manejo de la democracia.
Sensibilizar y acompañar a los estudiantes elegidos.
Fomentar el liderazgo.
8. Ser dotado, por sus padres o tutores, del uniforme de diario,   de Educación física, de gala y de talleres que lo identifique como estudiante de la Institución.  






Portar el uniforme correctamente según lo establecido en el presente Manual. 

Mantener el aseo personal diario de su cuerpo y de sus prendas.

Presentar justificación escrita, firmada por sus padres y/o acudientes, cuando por razones de fuerza mayor no pueda portarlo.
§

§

§
Difundir         las       pautas establecidas para el porte del uniforme.
Hacer campañas       que propendan por la excelente presentación personal.
Revisar diariamente en cada clase el porte del uniforme.




§
Socializar las sentencias: C481/98, C-569/94, C-519/92 Y C-002/92 C-527/95 que faciliten la comprensión y aplicación de las normas relacionadas con la apariencia personal y el desarrollo libre de la personalidad.


 DERECHOS
DEBERES

ACCIONES EDUCATIVAS Y PEDAGÓGICAS
9. Recibir de la Institución, durante el primer periodo escolar, el carné estudiantil como elemento de identificación.

Portar visiblemente al ingreso de la Institución y durante toda la jornada escolar el carné estudiantil de manera responsable y como medio de identificación.


Explicar la importancia del carné como documento de identificación para crear la cultura de portarlo visiblemente.



Gestionar de manera oportuna ante secretaría académica la entrega del carné estudiantil.
10. Conocer, por parte del docente de cada asignatura, al inicio del año escolar y en cada uno de los períodos la programación curricular, los desempeños que debe alcanzar, los criterios de evaluación de cada área y/o asignatura.
Asumir con responsabilidad  las actividades pertinentes  en el desarrollo de la programación curricular. 
§

§

§

Socializar las programaciones y orientar el proceso de aprendizaje.
Socializar y dar cumplimiento al Sistema Institucional de Evaluación.
Establecer      planes de intervención para estudiantes con dificultades.
11. Recibir las clases, permanecer en ellas y en todas las actividades programadas por la Institución dentro y fuera de ella.
Asistir puntualmente a la jornada de estudio, a las clases, a las actividades programadas, dentro y fuera de la Institución; participando y colaborando con la disciplina y el buen desarrollo de ellas.
§

§
Concientizar al estudiante sobre la necesidad de la puntualidad, asistencia y permanencia.
Verificar         asistencia diariamente a clase.


 §   
Seguimiento y registro de inasistencia en el observador del estudiante y en el boletín del informe de desempeño.
12. Ingresar a clase cuando presente retardo a la misma.

Solicitar en la Coordinación autorización escrita para ingresar a clase fuera del horario establecido.
§
Inculcar a los estudiantes  la importancia de la puntualidad y responsabilidad. En caso reiterado citar e informar al acudiente.
13. Ser evaluado en forma integral y conocer oportunamente (5 días calendario) los resultados de las evaluaciones.
Cumplir oportunamente los compromisos académicos y de convivencia definidos por cada una de las áreas y/o asignaturas y solicitar de manera respetuosa las aclaraciones pertinentes.
§
Concertar entre el profesor y estudiante sobre las formas y momentos de evaluación.

Atender oportunamente los reclamos y sugerencias de los estudiantes.


 §   
Analizar con los estudiantes los avances y limitaciones en el logro de los desempeños propuestos.


§
Llevar registro de seguimiento.
DERECHOS
DEBERES

ACCIONES EDUCATIVAS Y PEDAGÓGICAS
14. Tener acceso a la  información registrada en el
          sistema,          sobre           las 
valoraciones periódicas y definitivas de sus desempeños.

Hacer un uso responsable de la información encontrada en el sistema. 
§

Charla formativa sobre el buen uso de la información y la tecnología.
15. Ausentarse de la Institución por razones de fuerza mayor.

Presentar excusa a la Coordinación, o en su defecto  a algún delegado de ésta, dentro de los tres días hábiles siguientes a la inasistencia.

Solicitar a la Coordinación de convivencia la autorización para retirarse de la Institución Educativa con la presencia del padre de familia y/o acudiente.



Explicar a los estudiantes los procedimientos que debe emplear en caso de  necesitar ausentarse de la Institución.
Atender las solicitudes de los estudiantes siempre y cuando haya justificación.
16.  Disfrutar del descanso programado en la jornada escolar.
Permanecer durante el descanso en los espacios destinados para ello.

Respetar el espacio indicado para descansar.



Programar actividades lúdicas.


Aprovechar el descanso como parte importante en el desarrollo humano.

17.  Solicitar y recibir certificados y/o constancias de estudio en tiempos establecidos de manera oportuna y cordial.
Presentar a la secretaría académica la solicitud respetuosa dentro del horario establecido (Hora de descanso).

Orientar al estudiante sobre el procedimiento a  seguir para la solicitud de certificados.
18. Recibir el pupitre en buen estado al inicio del año escolar.
Cuidar y conservar el pupitre asignado y al finalizar el año escolar entregarlo en buen estado.
Concientizar al estudiante del cuidado y conservación de lo público, de los enseres, muebles e instalaciones de la Institución Educativa Técnico Superior.


Enumerar los pupitres, hacer el  registro del número para adjudicar a cada estudiante el pupitre para su uso y mantenimiento.
19. Participar en los grupos y en las actividades de proyección a la comunidad.

Representar en forma individual o conformar grupos que proyecten a la Institución en la comunidad.

Planear con los estudiantes las actividades de proyección a la comunidad, motivar y estimular su participación.

DERECHOS
DEBERES

ACCIONES EDUCATIVAS Y PEDAGÓGICAS
20.  Conocer las anotaciones registradas en el observador del  estudiante antes de firmar y hacer los descargos cuando sea necesario.  

Leer y firmar las anotaciones registradas en el observador del alumno y en las actas de compromiso.


Reflexión sobre las implicaciones de las observaciones.
Establecer compromisos de mejoramiento.


Hacer firmar a los actores implicados atendiendo al debido proceso.
21. Utilizar los diferentes medios de comunicación: carteleras, boletines, periódico, emisora, internet, otros.

Evitar el diseño, la edición y difusión de pasquines, volantes,  letreros y escritos virtuales en los cuales se atenta contra la dignidad de las personas y el buen nombre de la institución.  
Instruir a los estudiantes sobre la importancia y la ética en las Técnicas de la Información y la
Comunicación.
Fomentar el uso del periódico mural y carteleras exponiendo los mejores trabajos.


En cada área estimular y apoyar la elaboración responsable de carteleras, afiches, folletos como un medio de expresión.
22. Utilizar creativamente el tiempo libre.

Emplear el tiempo libre en actividades que conduzcan a su crecimiento personal y social.
Integrar grupos y participar de actividades que le permitan el desarrollo del cuerpo y la mente.


Realizar talleres y proyectos sobre el uso adecuado del tiempo libre.
23. Utilizar adecuadamente los espacios existentes, los recursos y servicios con que cuenta la Institución,  atendiendo los reglamentos respectivos.

Cuidar, utilizar y dar buen uso a la planta física, muebles, laboratorios, recursos y otros materiales de la Institución. Responder por los daños causados.
Inculcar el sentido de pertenencia y responsabilidad en el uso de  espacios y servicios que ofrece la
Institución.
Desarrollar acciones que conlleven a reparar los daños causados.
24. Tener acceso a las redes sociales que ofrecen las nuevas tecnologías de la información y la comunicación  


Hacer  un uso responsable de las redes sociales que  ofrecen las TIC.


Dar uso pedagógico del teléfono móvil durante el desarrollo de la clase, previa autorización del docente.
Orientar sobre el uso adecuado de las redes sociales.
Sensibilizar    sobre   el reconocimiento y reparación de la falta.
Promover el uso adecuado del teléfono móvil y la Tablet a través            de        talleres, conversatorios u orientaciones generales. 
DERECHOS
DEBERES

ACCIONES EDUCATIVAS Y PEDAGÓGICAS

25. Recibir orientación y asesoría para la construcción de su proyecto de vida y la prevención de riesgos psicosociales.



Asistir a los talleres de formación para el desarrollo humano en prevención de Riesgos Psicosociales.

Tener conductas de autocuidado desde la salud física, emocional y social.

 
 
 
Realizar charlas, conferencias, foros y talleres.
Involucrar a los estudiantes en el desarrollo       de        los proyectos transversales.
Desarrollo de las asesorías de grupo para favorecer el desarrollo integral.
Desarrollo de encuentros y convivencias.
Realizar alianzas intersectoriales e interdisciplinarias para la prevención y atención de 
riesgos psicosociales.
Activar las Rutas de Atención Integral.
 
 
 
 
26.  Recibir información oportuna sobre Salud sexual y reproductiva y de prevención de embarazos e infecciones de transmisión sexual.
Asumir con responsabilidad las orientaciones recibidas sobre salud sexual y reproductiva.
 
 
Participar activamente en los talleres y demás actividades relacionadas con orientación de la Salud Sexual y
Reproductiva,
Prevención embarazos e infecciones de transmisión sexual.
27.  Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes, para superar sus dificultades de aprendizaje y convivencia.
Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus insuficiencias.


 
Dialogar con los estudiantes y establecer compromisos de mejoramiento académico y de convivencia, dejando registro en el observador del estudiante y diligenciar ficha de seguimiento con acompañamiento del padre de familia.
28.  Disfrutar de un ambiente sano que propenda por una mejor calidad de vida.



Velar por la conservación del medio ecológico interno y circundante.
Utilizar adecuadamente los recipientes para las basuras.
Participar activamente en las campañas ecológicas.
 
 
Hacer campañas sobre la conservación del medio ambiente y estilos de vida saludable.
Sensibilizar al estudiante sobre la necesidad de mantener su cuerpo, su mente y su medio en óptimas condiciones.
29.  Recibir estímulos y reconocimientos por los esfuerzos, valores, rendimiento académico y de convivencia, por su participación en eventos donde se deje en alto el nombre de la institución.
Valorar los estímulos que la institución otorga por la superación personal; dar el valor que ellos merecen
 




Motivar a los estudiantes para obtener los estímulos y reconocimientos que el colegio otorga.

DERECHOS
DEBERES

ACCIONES EDUCATIVAS Y PEDAGÓGICAS
30. Ser asistido por el padre de familia o acudiente cuando la Institución lo requiera.
  




  

Informar oportunamente a los padres de familia o acudiente la citación enviada y la necesidad de presentarse cuando la
Institución lo solicite.
Explicar al estudiante los procedimientos que la Institución ha establecido para que los padres de familia asistan cuando sean requeridos. 
Atender al padre de familia y/o acudiente en el horario convocado.
En caso de inasistencia reiterada  (tres llamados), se remitirá el caso a las entidades de apoyo como
Bienestar Familiar, Comisaria de Familia y/o Policía de Infancia y Adolescencia.
31. Recibir ayuda oportuna en caso de calamidad o emergencia.
Ser solidarios ante las situaciones de calamidad o emergencia individual o colectiva.
Concienciar a los estudiantes en ayudar y apoyar a quienes lo necesiten.
Realizar charlas y talleres para fortalecer la cooperación.
Participar       en        campañas solidarias.




32.  Tener espacios académicos para la elaboración y desarrollo de proyectos que propendan por el mejoramiento en el desarrollo humano, social e institucional.
Participar activamente en los diferentes proyectos académicos que contribuyan al mejoramiento del desarrollo humano social  e institucional.
Motivar a los estudiantes para conformar semilleros de investigación.
Apoyar y estimular a los estudiantes que participen en este grupo de iniciativas.
Orientar en cada área las diferentes metodologías para presentar proyectos.


Participar en el desarrollo de la Jornada Técnico Cultural y Deportiva.
33. Garantizar la continuidad escolar en caso de embarazo.
   Comunicar el estado de embarazo al Asesor de Grupo, Orientación Escolar, Coordinación o a un Docente.
   Presentar evidencias del tratamiento y seguimiento médico especializado y  psicoprofiláctico.
   Asistir con el uniforme de Educación Física o con el vestido adecuado, a su estado de embarazo previo acuerdo con la Coordinación de Convivencia  de la Institución.
   Cumplir con sus deberes escolares que no afecten su condición de maternidad y presentar copia de la incapacidad por la licencia de maternidad.



Brindar el apoyo necesario para asumir su maternidad. 
Ofrecer el apoyo para el desarrollo del proceso académico. 
Propender porque la embarazada se haga los controles prenatales con el apoyo de la familia. 
 DERECHOS
DEBERES

ACCIONES EDUCATIVAS Y PEDAGÓGICAS
34. Conocer las normas de seguridad requeridas durante el trabajo en los talleres.
Cumplir las normas de seguridad industrial requeridas en los talleres para su integridad física.
       Dar a conocer las normas de seguridad industrial establecidas en los diferentes talleres.
        Fijar en sitio visible los reglamentos de seguridad industrial.

35 Brindar los elementos adecuados para el control de riesgos en cada una de las especialidades.  

Dar buen uso y cuidar los elementos de protección personal y responder por los daños causados.
        Inculcar el sentido de pertenencia y de responsabilidad en el uso de los elementos en cada una de las especialidades.


ARTÍCULO 22: OTRAS ACCIONES EDUCATIVAS Y PEGAGÓGICAS CORRECTIVAS:

a.   Reconocer el error y ofrecer disculpas en  privado y si lo amerita públicamente, en función de la situación conflictiva presentada.

b.   Realizar actividades en beneficio de la comunidad escolar, como mecanismo de reparación a una falta: Limpieza de pasillos, baterías sanitarias, aulas,  paredes, recolección y orden de materiales, arreglo de elementos y jardines, arreglo de pupitres.

c.   Desarrollar actividades de tipo formativo relacionadas  con la falta cometida utilizando diversos recursos didácticos.

d.   En caso de estudiantes suspendidos,  realizar actividades académicas de  nivelación bajo su responsabilidad, con el acompañamiento del padre de familia.

e.   Perder estímulos contemplados en el Manual de Convivencia.

f.    Generar y manifestar el rechazo público a las conductas indebidas, sin afectar la identidad  de la persona y su dignidad.
  
g.   Aplicar acciones sancionatorias.
  


CAPITULO IV

SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR


ARTÍCULO 23.  DEFINICIONES:

a.   CONFLICTOS: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses.

b.   CONFLICTOS MANEJADOS INADECUADAMENTE: Son las situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.

c.   AGRESIÓN ESCOLAR.  Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante.  La Agresión Escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica

      Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona.  Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
      Agresión verbal: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
      Agresión relacional: Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen.  Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el  estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
      Agresión electrónica: Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos.  Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en internet, realizar comentarios insultantes  u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

d.   ACOSO ESCOLAR  (BULLYING).  De acuerdo con la Ley 1620 de 2013 es toda conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado.  También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

e.   CIBERACOSO ESCOLAR.  (CIBERBULLYING).  De acuerdo con el Art. 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información  (internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online)  para ejercer maltrato psicológico y continuado.

f.    VIOLENCIA SEXUAL.  De acuerdo con lo establecido en el Art. 2 de la Ley 1146  de 2007, “Se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”.

g.   VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES.  Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

h.   RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y
ADOLESCENTES.  Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.  

ARTÍCULO 24. EVALUACIÓN DE LOS CONFLICTOS: Para evaluar
adecuadamente un conflicto o una falta disciplinaria, además de su naturaleza,   los efectos, las modalidades,  las circunstancias del hecho, los motivos determinantes y los antecedentes del estudiante,  se debe tener en cuenta:
      La situación familiar que vive.
      La edad que tiene y grado que cursa.
      Los antecedentes disciplinarios registrados en el observador del alumno.
      Haber sido inducido o recibido amenaza por parte de otra persona.
      El efecto perturbador o nocivo que la conducta produzca en la comunidad educativa.
  
ARTÍCULO 25. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR: Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos se clasifican en tres tipos.

ARTÍCULO 26. SITUACION TIPO I: Corresponden  a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños a la salud física o mental.

Se consideran situaciones de Tipo I  las siguientes:

a.      Manejar inadecuadamente los  conflictos: La discusión o riñas esporádicas entre compañeros que involucren agresiones verbales, relacionales, gestuales o físicas, sin generar daños al cuerpo o a la salud.
b.      Portar inadecuadamente el uniforme, desconociendo lineamientos establecidos en el presente Manual de Convivencia.
c.      Presentar comportamientos indebidos durante las salidas pedagógicas, afectando el buen nombre de la Institución.
d.      Agredir de manera física  y tener  interacciones para hostigar o invadir el espacio íntimo de otra persona y que pueden tener o no contenido sexual: 
manoseo, halar o desacomodar la ropa.
e.      Utilizar gestos o actos irrespetuosos con connotación sexual.
f.       Protagonizar situaciones en la que se excluye o señala a alguien por razones de género u orientación sexual.
g.      Hacer sentir mal a otras personas por medio de insultos, apodos ofensivos, burlas, amenazas de agresión y expresiones morbosas.
h.      Portar o divulgar  material pornográfico, cualquiera que sea el medio empleado.
i.        Afectar  el estatus o imagen que tiene la persona frente a otras personas.  Ejemplos de ello son:   Difundir el rumor de que una persona está dispuesta a tener relaciones con alguien por dinero;  discriminar a alguien por su identidad sexual o a alguna compañera de clase por estar embarazada, y comportamientos y eventos que de no detenerse oportunamente pueden suceder de forma reiterativa y derivar en situaciones Tipo II y III.
j.        Formular comentarios inapropiados de contenido sexual que hagan referencia a las características del cuerpo, a la orientación sexual, comportamiento de género.
k.      Desacatar órdenes impartidas por directivos o profesores, sin previa justificación.
l.        Arrojar basuras, papeles o desechos fuera de los recipientes destinados para este fin.
m.    Utilizar inadecuadamente los bebederos.
n.      Vender productos comestibles y no comestibles dentro de la Institución.
o.      Consumir alimentos, goma de masticar o bebidas en el aula de clase, biblioteca, sala de audiovisuales, aula interactiva y en los actos  especiales.
p.      Comprar comestibles en horario diferente a la hora de descanso.
q.      Practicar juegos de azar, de mesa y otros con ánimo de lucro.
r.       Realizar actos de indisciplina que interrumpan el normal desarrollo de las clases con charlas, comentarios inapropiados, gritos, risas, silbidos, risas estruendosas, lanzamiento de objetos  a personas-
s.       Entrar a los salones en horas de descanso y/o a las dependencias de la Institución sin la debida autorización.
t.       Negarse a portar el carné estudiantil o a presentarlo cuando le sea solicitado.
u.      Usar inadecuadamente las unidades sanitarias y/o hacer las necesidades fisiológicas fuera de ellas.
v.      Asumir actitudes de descortesía o irrespeto frente a cualquier integrante  de la comunidad educativa.

w.     Usar  celulares, tabletas, computadores, auriculares, cámaras y demás      dispositivos sin la autorización del docente que afecten el desarrollo de la clase o en actos programados por el   colegio.
x.      Asumir actitudes de apatía frente al estudio, actividades académicas o desprecio por la Institución y su filosofía.
y.      Evadir clases de manera  individual o colectiva, en forma deliberada.
z.       Llegar tarde a clase o actividades escolares,  hasta por tres (3) veces sin  justa causa. aa. Inasistir al colegio o a las actividades programadas sin justificación escrita firmada por el padre de familia o acudiente.
bb.Negarse a presentar evaluaciones o nivelaciones sin justificación alguna. cc.Incumplir el porte de material establecido para el desarrollo de las actividades académicas.
dd.Incumplir en la elaboración y presentación de trabajos requeridos.

PARÁGRAFO: Las situaciones contempladas en los literales  aa a la dd son injerencia directa de la Coordinación Académica.

ARTICULO 27. PROTOCOLO SITUACIONES TIPO I: (Ruta de atención).

1.   El Docente, Directivo o persona que presencie o tenga conocimiento de la situación, identifica la falta a través de la información suministrada por los involucrados, a quienes escuchará atentamente, y realizará como mínimo el siguiente proceso:

a.   Hacer el llamado de atención verbal, diálogo y reflexión con el estudiante o los involucrados sobre los deberes escolares, con relación a la situación presentada.

b.   Aplicar las acciones educativas y pedagógicas que considere necesarias.(Artículo 20)  

c.   En caso de reincidencia, dejar registro en el observador de la situación y de las acciones realizadas, con la firma del docente y del estudiante.

d.   El docente comunica el hecho al Asesor de Grupo.

2.   El Asesor de Grupo cita al Padre de Familia y/o Acudiente del estudiante que haya reincidido  en situaciones  Tipo I.  y realizará como mínimo el siguiente proceso:

a.     Informa la situación al Padre de Familia, con la presencia del estudiante y acuerda compromisos para mejorar, dejando registros de los mismos en el observador, con la firma de los intervinientes. 
b.     El  Asesor de Grupo hará seguimiento de los compromisos adquiridos.
c.     En caso de incumplimiento de los compromisos, el Asesor de Grupo  remitirá la situación a la Coordinación Académica o de Convivencia, según sea el caso, en el formato establecido para tal fin.

3. La Coordinación Académica y/o de Convivencia tomará el caso para su correspondiente seguimiento, dejando registro en el observador del alumno de lo actuado, con las firmas correspondientes.

4. En caso de inasistencia del Padre de Familia y/o Acudiente al tercer llamado, el Coordinador de Convivencia o Académico,  remitirá el caso, en el formato establecido, a Orientación Escolar para su atención y/o remisión a la Entidad Competente.


En conclusión, el Protocolo abarca los siguientes pasos:
a.   Mediar de manera pedagógica con las personas involucradas.
b.   Fijar formas de solución de manera imparcial, equitativa, justa y determinar acciones para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.
c.   Establecer compromisos y hacer seguimiento.


PARÁGRAFO : En casos especiales como violencia intrafamiliar, abuso físico, psicológico, sexual, trastornos de conducta o afectivos el docente remitirá en el formato establecido el caso al Servicio de  Orientación Escolar.

ARTÍCULO 28. SITUACIONES TIPO II: Corresponden a este tipo las situaciones de acoso escolar (bullying) y de Ciberacoso Ciber-bullying, que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

a.   Que se presente de manera repetida o sistemática.
b.   Que causen daño al cuerpo o a la salud física o mental sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados. 

Se consideran Situaciones de Tipo II las siguientes:
a.           Salir o entrar del plantel por encima de los muros, portón  o por   sitios no permitidos, atentando contra su salud o integridad física o la de terceros.

b.           Realizar conductas intencionales de intimidación, humillación, insultos, ridiculización, coacción, extorsión, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia, maltrato físico, verbal, emocional, relacional, gestual o virtual,  que ocurra de manera repetitiva y sistemática contra un educando, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica.  También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.

c.           Afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos tales como internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil, y /o video juegos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos humillantes, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

d.           Escribir frases, pasquines, pintar figuras y/o leyendas en los tableros, muros, pupitres y demás sitios no autorizados. Que forman parte de la
Institución
e.           Destruir bienes o recursos ajenos y de la Institución, lo cual implica su reparación o reposición inmediata.

f.            Suspender o sabotear la prestación de los servicios públicos en la institución.

g.           Entorpecer una investigación, adelantada por la Institución o encubrir las faltas de los compañeros.

h.           Infringir el Manual de Convivencia mediante la acción colectiva o individual premeditada.

i.            Adoptar comportamientos, dentro y fuera de la Institución que comprometan el buen nombre de ésta. 

j.            Salir de la Institución durante la jornada escolar sin autorización de Coordinación.

k.           Practicar rituales que atenten contra la integridad personal.

l.            Activar cualquier dispositivo electrónico o de alarma para generar situaciones caóticas.


m.         Protagonizar, dentro o fuera de la Institución, actos impúdicos o realizar  prácticas o manifestaciones de tipo sexual - erótico  que afecte el ambiente escolar y el buen ejemplo como besos apasionados, tocamientos consentidos, etc. 

n.           Agredir reiterativamente, con contenido sexual, como el ciberbullying y la agresión sexual por fobia a la homosexualidad (homofobia) y discriminación, conductas y actitudes negativas  hacia las personas transgénero o transexuales (transfobia).

o.           Utilizar reiteradamente apodos o comentarios homofóbicos o sexistas que generen violencia de género.

p.           Decir piropos y hacer tocamientos sexuales no consentidos que ocurran de forma repetitiva.

q.           Celebrar  inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua o haciendo bromas que atenten contra el aseo, la integridad personal, social y la seguridad y buen nombre de la Institución.

r.            No informar a padres o acudientes sobre citaciones requeridas por la Institución.

s.           Causar daño al cuerpo o a la salud a cualquier integrante de la comunidad educativa, con situaciones consideradas como agresiones físicas o juegos violentos.

t.            Utilizar el nombre de la Institución para actividades de tipo social, económico o de otra índole, en beneficio personal sin la debida autorización.

u.           Dar información falsa o incorrecta con la que se puede atentar contra la integridad de las personas o instituciones.

v.           Asumir comportamientos inadecuados durante uso del restaurante escolar.

w.          Transitar en bicicleta, monopatín o motocicleta dentro de la Institución.

x.           Desobedecer, irrespetar y burlarse frente a los requerimientos de un directivo, docente o funcionario de la Institución.

y.           Presentar bajo desempeño en tres o más áreas en dos o más periodos.

z.           Planear, liderar, estimular, apoyar o participar en actos de vandalismo, pandillismo, dentro o fuera de la Institución.

aa.        Incurrir en situaciones de agresión agravada.

bb.        Conducta de rechazo hacia el aprendizaje.  Se refiere al comportamiento que tiene el estudiante para evitar las situaciones de enseñanza aprendizaje, que no alteran sustancialmente el ritmo de trabajo de los compañeros pero sí afectan el trabajo del docente, creando malestar en el mismo y en los estudiantes que desean lograr un buen desarrollo académico.
cc.        Las demás contempladas en la Ley 599 del 2000 que se tipifiquen como situación Tipo II y no estén contempladas en este Manual.



PARÁGRAFO.  
Las situaciones identificadas con los literales  y,  bb  son de injerencia directa de Coordinación Académica.

ARTICULO 29. PROTOCOLO SITUACIONES TIPO II (Ruta de atención):

1.   El Docente, Directivo  o persona que presencie o tenga conocimiento de la situación, debe iniciar la Ruta de Atención.
2.   Verificar las condiciones físicas y emocionales de las personas involucradas para brindar la atención necesaria.
3.   Registrar en el Observador del Alumno, la situación presentada, con la firma de los intervinientes  y se preservará en cualquier caso el Derecho a la Intimidad, Confidencialidad y demás Derechos, informando inmediatamente a la Coordinación de Convivencia.

4.   Coordinación de Convivencia procederá a: 
a.   Adoptar medidas de protección para los involucrados para evitar posibles acciones en su contra.
b.   Informar a los Padres de Familia y/o Acudientes.
c.    Generar  espacios para exponer y precisar lo acontecido.
d.   Determinar acciones restaurativas para la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación.  e. Aplicar las sanciones a que diere lugar.
f.    Reportar el caso al Comité de Convivencia.
g.  De ser necesario, la Coordinación de Convivencia se apoyará en la Orientación Escolar.
PARÁGRAFO: Las situaciones de tipo II, deberán ser resueltas de inmediato, siguiendo el debido proceso.

ARTÍCULO 30. SITUACIONES TIPO III: Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad, la identidad de género y la orientación sexual, referidos en el título IV del libro II de la Ley 599 de 2000 o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la Ley Penal Colombiana vigente.

Se consideran Situaciones de Tipo III las siguientes:

a.     Ejecutar, inducir y obligar a otras personas a cometer actos de  inmoralidad, perversión y acoso sexual, toxicomanía, embriaguez, drogadicción, vandalismo, entre otros.
b.     Portar, promover, vender o consumir licores, cigarrillos y/o sustancias psicoactivas. 
c.     Hurtar dinero y objetos (elementos de estudio), de manera reiterada, dentro de la Institución y fuera de ella.
d.    Hurtar objetos de valor significativo de uso exclusivo del estudiante para la gestión educativa (calculadoras, bicicletas, motocicletas, etc.), cuando se halle evidencia alguna y precisa al respecto.
e.     Encubrir, sustraer y/o adulterar cualquier tipo de documento de la Institución.
f.      Hurtar identidad informática.
g.     Estafar, chantajear,  sobornar y/o extorsionar a cualquier miembro de la Institución Educativa.
h.    Portar, usar o suministrar todo tipo de armas, elementos incendiarios o explosivos  y otros elementos que puedan poner en peligro la integridad física de las personas y de la Institución.
i.      Intimidar con arma letal dentro o fuera de la Institución.
j.      Agredir físicamente   a compañeros o a cualquier integrante de la comunidad educativa o personas ajenas a la Institución, dentro y fuera del plantel, ocasionando daños al cuerpo o a la salud física y mental de los afectados.
k.    Atentar contra vehículos y personas con elementos contundentes (piedras, palos, botellas de vidrio, latas  y armas blancas, etc.) y/o contribuir con estos hechos.
l.      Actuar, de manera reiterada, con engaño,  suplantación y falsificación  de evaluaciones, cuadernos, trabajos u otros documentos.
m.   Vincular a personas ajenas a la Institución para agredir a estudiantes o funcionarios de la misma y/o afectar el ambiente, armonía y seguridad
Institucional
n.    Presentar cualquier situación  de conductas sexuales que involucre a una persona adulta con un menor de 14 años.
o.     Ser víctima de caricias o manoseos, en el que la persona agresora se ha valido de la fuerza física, el engaño o la intimidación.
p.    Obligar a un compañero a tocar partes de su cuerpo por intercambio  de dinero.
q.     Prestar servicios sexuales. 
r.     Asumir conductas sexuales no apropiadas dentro o fuera de la Institución. 
Según la Ley 599 del 2000 en sus Art. 208 al 219, Cap. III  Delitos contra la Libertad, Integridad y formación sexual.  Sección 1 Actos Sexuales Abusivos y Sección 2  Proselitismo.  Donde se incluyen de igual manera los delitos de acceso carnal abusivo con menor de catorce años, actos sexuales con menor de catorce años, inducción a la prostitución.
s.     Cualquier otra conducta tipificada como delito en la normatividad Colombiana.

PARÁGRAFO.  El literal l es de injerencia directa de Coordinación
Académica

ARTICULO 31. PROTOCOLOS SITUACIONES TIPO III: (Rutas de atención)

Ante un evento Tipo III es importante considerar que al ser presuntos delitos, son calificados de suma gravedad y deben ser puestos en conocimiento de las autoridades de protección y de justicia. Adicionalmente, por el daño físico y sufrimiento emocional y mental requieren ser atendidos por servicios especializados en salud integral:


Entidades a quienes se debe dar a conocer el caso para la activación de sus respectivos protocolos
Salud
IPS O EPS más cercana.
Protección
ICBF O DEFENSOR DE FAMILIA, COMISARIA DE FAMILIA.
Policía
POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA 


Se debe hacer efectivo el compromiso de confidencialidad y respeto a la intimidad o a la dignidad para dar un manejo ético y cuidadoso de la situación.

1.     El Docente, Directivo o persona que presencie o conozca la situación informará, por escrito, a la Coordinación de Convivencia,  quien atenderá el caso e informará de manera inmediata  a los padres, madres y/o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
2.     En caso de daño al cuerpo o a la salud se debe garantizar la atención inmediata en Salud Física y Mental de los afectados. 
3.     El Coordinador de Convivencia comunicará, de manera inmediata el evento ocurrido al Rector, quién pondrá la situación  en conocimiento de las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

4.     No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia en los términos fijados en el Reglamento e informará a los participantes en el comité de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas.
5.     Pese a que la situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el Comité Escolar de Convivencia adoptará de manera inmediata las medidas propias del Establecimiento Educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.

6.     Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del Comité Municipal de Convivencia.


EN CASO DE VIOLENCIA SEXUAL ES NECESARIO SEGUIR LA ACTIVACIÓN
DEL SIGUIENTE PROTOCOLO

1.    Se debe revisar las particularidades de las personas involucradas de cada caso.
2.    Las prioridades, urgencias y características de cada caso.
3.    Determinar si la prioridad es brindar servicios de salud o la prioridad es activar el protocolo del sector de protección.
4.    En cualquier caso la persona que conozca el evento del presunto abuso o acoso sexual por parte de un integrante de la familia o externo a ella, deberá informar al Rector y este dar a conocer a la Policía de Infancia y Adolescencia para que estos activen la ruta con ICBF. Si el agresor resulta ser un docente o funcionario de la Institución Educativa, el Rector remitirá el caso a control interno disciplinario de la Secretaría de Educación Municipal, de manera inmediata.

Es imperativo que frente a una presunta situación de abuso sexual, todas las personas que conforman la comunidad educativa conozcan y apliquen las siguientes directrices:
§  No enfrente a la víctima con la persona agresora, esto aumenta la vulnerabilidad de la víctima.
§  No intente ningún tipo de mediación.  La  violencia no es negociable.
§  No haga entrevistas ni trate de recoger pruebas o adelantar investigaciones sobre el caso, esto puede revictimizar al estudiante y alterar los elementos materiales de prueba del caso.
§  No niegue ningún apoyo a la víctima frente al proceso de restablecimiento de los DD.HH.



EN CASO DE CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS ES NECESARIO
SEGUIR LA ACTIVACIÓN DEL SIGUIENTE PROTOCOLO



1.   Identificación y remisión, por escrito,  del estudiante con presunto uso y abuso de sustancias psicoactivas al Servicio de Orientación Escolar.
2.   Se debe revisar las particularidades de las personas involucradas de cada caso.
3.   Intervención Individual: Entrevista al estudiante o estudiantes afectados.
4.   Citación de los padres de familia y/o acudiente para informarle sobre la situación del estudiante.
5.   Remisión a la EPS correspondiente.
6.   Intervención Colectiva: Desarrollo de talleres en grupos focalizados en donde se aborden las competencias comportamentales, cognitivas, y afectivas para el desarrollo de habilidades para la vida.
7.   En caso de evidenciar que hay expendio de sustancias psicoactivas se citará al padre de familia y/o   acudiente para informar de la situación del estudiante e inmediatamente comunicar a la Policía de Infancia y adolescencia para la atención del caso y el restablecimiento de derechos.
8.   Informe al Comité de Convivencia Escolar frente a cada caso particular y las acciones de atención y seguimiento adelantadas. 




EN CASO DE EMBARAZO TEMPRANO ES NECESARIO SEGUIR LA ACTIVACIÓN
DEL SIGUIENTE PROTOCOLO

1.  La estudiante,  el  padre de familia y/o acudiente comunicará su condición de maternidad o de embarazo a la Institución Educativa.
2.  En caso que se identifique una estudiante embarazada que no haya comunicado su situación, se hace intervención focalizada.
3.  Quien identifique o conozca una situación de embarazo remitirá el caso, por escrito, al Servicio de Orientación Escolar.
4.  Orientación Escolar citará al padre de Familia y/o acudiente para analizar la situación de la estudiante. 
5.  Orientación Escolar elaborará un informe con aspectos importantes de la situación de la estudiante embarazada tales como estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del parto y se solicita certificado médico. 
6.  Si la estudiante no ha acudido al Servicio de salud hará la remisión a la EPS correspondiente para que inicie los controles prenatales y psico-profilácticos requeridos por su estado.
7.  La orientadora Escolar informará a la Coordinación, al docente asesor y docentes que orientan clases en el grupo de la estudiante embarazada para que estén atentos a brindar el apoyo necesario, con relación a las precauciones de salud, cuidado y continuidad de estudios, otorgando las facilidades del caso, tales como:
a. Facilitar el ingreso al desarrollo normal de las clases y permanencia en la Institución, acordando un calendario flexible que resguarde su derecho a la educación si lo requiere por justificación médica. No se promoverá cambio de
Institución o expulsión, cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u otro similar por su estado de embarazo.
b.    Mantener a la estudiante en el grupo en el que está matriculada.
c.    Otorgar desde Coordinación las facilidades necesarias para que asista a los controles médicos prenatales y post natales, así como a los que requiera su hijo/a.
d.    Permitir que la estudiante asista con el uniforme de Educación Física o con el vestido adecuado, a su estado de embarazo previo acuerdo con la Coordinación de Convivencia  de la Institución. 
e.    Permitir que asista a la clase de Educación Física y Talleres  en forma regular, pudiendo ser evaluadas de forma diferencial.
f.     Si el papá del bebé es estudiante del establecimiento escolar, también a él se le dará las facilidades necesarias para cumplir con su rol paterno.
g.    Cumplir con sus deberes escolares que no afecten su condición de maternidad y presentar copia de la incapacidad por la licencia de maternidad.
h.    El Servicio de Orientación Escolar remitirá un informe a la Secretaría de Salud Municipal.

EN CASO DE INTENTO DE SUICIDIO NECESARIO SEGUIR LA ACTIVACIÓN
DEL SIGUIENTE PROTOCOLO
a.    Identificación del caso.  Cualquier persona puede activar la ruta, informando por escrito, a Coordinación de Convivencia y/u Orientación Escolar.
b.   Establecer tipo de evento:
 Amenaza de suicidio  Intento de suicidio  Ideación suicida.
c.    Ante cualquiera de estas situaciones solicitar la atención integral en salud a la E.P.S. de cada menor identificado o llamar al número de urgencias 123- 156  o llamar al Centro de Escucha  8702277- 3219073439.


ARTICULO 32. MEDIDAS PEDAGÓGICAS DE PROMOCIÓN PREVENCIÓN,
ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO

1.    MEDIDAS PEDAGÓGICAS DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN.  Son  las acciones y estrategias que la Institución establece para fomentar la sana convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos, la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa. Estas son:

a.    Divulgación y socialización del presente Manual de Convivencia a través de diferentes medios como: Asesorías grupales, reuniones de comités de área, reuniones de padres de familia, puesto que éstos tienen un papel central  en la prevención y mitigación de la violencia escolar, el embarazo
en la adolescencia, demás riesgos psicosociales y les asiste todos los deberes, obligaciones y funciones consagradas en el Articulo 7 de la Ley 115 de 1994, en el Artículo 39 de la Ley 1098 de 2006, en la Ley 1404 de 2010, en el Artículo 3 del Decreto 1860 de 1994, en el Decreto 1286 de 2005, en el Artículo 15 del Decreto 1290 de 2009 y demás normas concordantes.
b.   Divulgación, socialización e implementación del Modelo Pedagógico. (Ver anexo del Modelo Pedagógico).
c.    Fomentar y promover el desarrollo de las Competencias Ciudadanas, Derechos Humanos, Sexuales y Reproductivos y estilos de vida saludable a través de la transversalidad con las diferentes áreas.  
d.   Asignar docentes para el acompañamiento permanente de los estudiantes durante la hora del descanso y el desarrollo de actividades especiales.
e.    Corresponsabilizar a la familia en el proceso de la sana convivencia desde la atención personalizada y comunicación permanente con el padre de familia y/o acudiente por parte de docentes y directivos.
f.     Generar espacios tendientes al logro de una conciencia crítica, reflexiva, y dialógica relacionada con la sana convivencia.
g.    Propiciar la realización de convenios interinstitucionales con las diferentes entidades de apoyo como: Secretaria de Salud, Secretaria de Educación, Universidades, ICBF, Policía de Infancia y Adolescencia, Personería, Fiscalía, Inder Neiva, Secretaría de Cultura, Cruz Roja, Bomberos, entre otros.
h.   Conformar Comités de Apoyo en cada uno de los grupos.
i.     Orientar al estudiantado  mediante la realización de talleres relacionados con resolución de conflictos, prevención de riesgos psicosociales y atención individual o grupal focalizada.
j.     Realizar Asesorías Grupales siguiendo los lineamientos de la Matriz Institucional: “Comprometidos con la Vida en armonía con el Medio”.
k.   Desarrollar la Escuela de Familia mediante talleres de prevención en riesgos psicosociales, comunicación afectiva y asertiva, establecimiento de hábitos de vida y pautas de crianza.
l.     Dinamizar  el Comité Escolar de Convivencia diseñando nuevas estrategias para mejorar la Convivencia Escolar.
m.  Publicación en medios audiovisuales y tecnológicos, carteleras visibles y desarrollo de talleres de las Rutas de Atención para cada evento en Salud Mental con la Comunidad educativa.



2.    MEDIDAS DE ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO.

a.  Implementar las Rutas de Atención para las Situaciones Tipo I, II y III.
b.  Aplicar las medidas restaurativas a que diera lugar la situación.
c.   Activar los Protocolos establecidos según la Ley  para la atención de Situaciones Tipo  II y III.
d.  Reportar  y registrar oportunamente las situaciones conflictivas presentadas.
e.   Verificar los acuerdos y compromisos adquiridos por parte de los implicados. 
f.    Evaluar las estrategias implementadas para la mitigación de la violencia escolar.

ARTÍCULO 33.  COMPARENDOS PEDAGÓGICOS

Corresponde a las acciones correctivas y sancionatorias de tipo formativo que pretenden generar, en el estudiante, cambios actitudinales frente a los comportamientos que afectan su desempeño y convivencia escolar. Estos son:

1.   Suspensión de clases regulares, mediante Resolución Rectoral,  por parte del Coordinador de Convivencia, por uno (1) y hasta tres (3) días hábiles y por Rectoría hasta cinco  (5) días hábiles, de acuerdo a la gravedad de la falta, dejando constancia, por escrito,  en el observador del estudiante y notificándosele  al Padre de Familia y/o Acudiente y al Asesor de Grupo.  Durante este tiempo se desarrolla un trabajo formativo psicosocial con el padre de familia y el estudiante, dirigido por el Servicio de Orientación Escolar. Posteriormente, el estudiante desarrollará actividades comunitarias de reparación y actividades académicas y formativas bajo la supervisión de las Coordinaciones Académica y de Convivencia, docentes , padres de familia y semilleros de estudiantes.
El estudiante regresará a clases cuando haya cumplido con la sanción y las acciones formativas asignadas previo informe de la Orientación Escolar y Coordinación.
2.   Pérdida de estímulos especiales que esté disfrutando el estudiante, acción que será tomada por la Coordinación en acuerdo con el  asesor de grupo.
3.   Desarrollo de acciones recomendadas por el Comité de Convivencia.
4.   Desescolarización. Medida aplicada mediante Resolución Rectoral. Esta desescolarización consiste en que  el estudiante no se presenta a la Institución a desarrollar las labores académicas sino que las desarrolla en casa, conservando el derecho de presentar trabajos y evaluaciones.  
5.   Cancelación del contrato de matrícula y/o pérdida del cupo para el año siguiente.  Decisión del Comité de Convivencia. 
6.   Recomendación de cambio de ambiente escolar  (Institución) cuando haya reprobado un grado por segunda vez.

PARÁGRAFO 1.
Todo estudiante que sea suspendido o desescolarizado por contravenciones al Manual de Convivencia, será evaluado con desempeño máximo de tres  (3.0).

PARÁGRAFO 2. 
El estudiante que haya sido suspendido en dos oportunidades por faltas reiteradas al Manual de Convivencia, será remitido al Comité de Convivencia Escolar, para su análisis y toma de decisiones. 

PARÁGRAFO 3. 
Son causales para pérdida de cupo para el año siguiente y/o cancelación del Contrato de la Matrícula.
    Incumplimiento a los acuerdos establecidos en la matricula con compromiso.
    Haber incurrido en faltas tipo III.

ARTÍCULO 34. DEBIDO PROCESO: Es un derecho fundamental consagrado en la Constitución Política de Colombia, el cual contempla que toda persona se presume inocente mientras no se le haya declarado culpable; además tiene como principios fundamentales la defensa, presentar pruebas y controvertir las que se presenten en su contra.
El Debido Proceso será aplicable a todos los miembros de la Comunidad Educativa, para actuaciones de tipo administrativo y de convivencia contemplados en el presente Manual y en las Normas Legales Vigentes.
Atendiendo al debido proceso, toda falta identificada en la ley y cometida dentro o fuera de las instalaciones de la Institución por un estudiante, profesor, padres de familia, acudiente o funcionario para la tipificación de la falta se aplicará el siguiente procedimiento:  
a.    Inicia el debido  proceso el docente o directivo, que evidenció la situación, dejando registro en el observador del alumno con las respectivas firmas de los implicados.
b.   Remisión de la situación  a la Coordinación.
c.    La Coordinación informa al padre de familia y/o acudiente y al rector.
d.   Presentación de descargos, por parte del estudiante, padre de familia y/o acudiente. Debe hacerse por escrito y en plazo máximo de tres  (3)  días hábiles, luego de haber sido informado.
e.    Coordinación remite el caso (falta tipo II y tipo III) al comité de convivencia para su análisis y establecer las acciones a seguir.
f.     La decisión adoptada por el Comité de Convivencia se comunicará al Estudiante, Padre de Familia y/o Acudiente a través de cualquier medio expedito, activando las rutas de atención con el apoyo intersectorial.
g.    En caso necesario se remitirá el caso al Consejo Directivo quien tomará la decisión pertinente y la comunicará al Estudiante, Padre de Familia y/o Acudiente a través de cualquier medio expedito.

h.   Cierre de la investigación, el que dará lugar, según el caso, a archivar la investigación o formular cargos y/o correctivos por presunta falta y responsabilidad en la misma.
i.     Contra la decisión se podrá interponer los siguientes Recursos:

RECURSO DE REPOSICIÓN: Consiste en los argumentos y justificaciones que presenta el inculpado ante la persona u organismo que emite el acto administrativo para sustentar su no culpabilidad.
RECURSO DE APELACIÓN: Consiste en los argumentos y justificaciones que presenta el inculpado ante la instancia u organismo superior a la que emite el acto administrativo para sustentar su no culpabilidad.
Estos recursos deben ser presentados, por escrito, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de comunicar la decisión.  Deberá ser respondida en el mismo término.

PARÁGRAFO 1.
Todo proceso debe quedar registrado en el Observador del Alumno con las firmas de las personas que intervienen en el.

PARÁGRAFO 2.   
Toda situación conflictiva no prevista en el presente Manual será estudiada por el Rector, haciendo uso de sus facultades legales e instancias asesoras y ajustándose al presente Manual y a las Normas Vigentes.

PARÁGRAFO 3.
Cuando se tenga conocimiento de una Situación Tipo III que ponga en peligro la estabilidad de algún miembro de la Comunidad Educativa, el Estudiante  responsable será suspendido provisional e inmediatamente de la Institución mientras se efectúa el debido proceso.



CAPITULO V

ESTIMULOS


ARTICULO 35. ESTIMULOS: Son aquellos reconocimientos que la Institución confiere a los alumnos (as) para valorar  sus esfuerzos, habilidades, desempeño académico y de convivencia.

Los triunfos de los alumnos son también triunfos de la Institución Educativa y  serán reconocidos así:
1. Publicación en cartelera, por períodos, de los nombres de los alumnos sobresalientes académica y disciplinariamente y los mejores cursos en todos los aspectos.
2. Reconocimiento en las  izadas de bandera o en actos de comunidad a los estudiantes o grupos destacados en las actividades académicas, culturales y deportivas.
3. Mención de honor a los estudiantes por su espíritu deportivo, artístico, rendimiento académico-técnico, compromiso institucional y excelente comportamiento.
4. Promoción anticipada: Para los estudiantes que demuestren competencias con desempeño superior, en concordancia con el Acuerdo 011 /2011.
5. Reconocer como Servicio Social Obligatorio la participación de los estudiantes de grados 9°, 10° y 11° en proyectos de tipo social y comunitario aprobados por el Consejo Directivo.
6. Exaltación especial en ceremonia de Grado a los bachilleres técnicos que se hayan distinguido en cada jornada:
a.   Permanencia en la Institución de Grado Preescolar a Once
b.   Mayor puntaje promedio  Prueba SABER.  
c.    Mejor rendimiento académico.
d.   Estudiantes deportistas destacados en competencias extramurales
e.    Actividades académicas, artísticas y culturales.
f.     Al personero, contralor y representante de los estudiantes al Consejo Directivo.
  
PARÁGRAFO.   Toda  acción destacada de los estudiantes  debe estar registrada  por el Docente del área y/o Asesor, en el observador  del estudiante.

  

CAPITULO VI

IDENTIFICACIÓN DEL ESTUDIANTE


ARTICULO 36.  ELEMENTOS DE IDENTIFICACIÓN DEL ESTUDIANTE- 
Desde el momento de la matrícula o de la renovación, los estudiantes se comprometen a portar responsable y decorosamente los elementos de identificación que son uniforme y carné estudiantil.  

1.    CARNÉ ESTUDIANTIL.  El carné es el documento que  identifica a los estudiantes como miembros de esta comunidad educativa.   La Institución debe proveerlo  durante los primeros  cuarenta días de iniciado el año lectivo y   los estudiantes se comprometen a portarlo y presentarlo cuando sea requerido.  

2.    UNIFORMES.  
El uniforme simboliza pertenencia a la Institución, racionaliza los gastos familiares, protege y evita discriminaciones  por atuendo. 

Los estudiantes de la Institución Educativa Técnico Superior tendrán los siguientes uniformes:

A.UNIFORME DE DIARIO:

UNIFORME TIPO 1:
a.   Camibuso de franela blanca, manga corta, cuello de hilo color azul oscuro con dos líneas blancas.  La terminación de la manga del mismo material del cuello.  Al lado izquierdo, a la altura del pecho, debe llevar el escudo del colegio el cual deberá tener 7 cms.  de diámetro.
b.   Camisilla de franela blanca y sin publicidad bajo el camibuso.
c.    Pantalón azul oscuro.
d.   Correa negra,  sencilla y discreta.
e.    Medias azules, negras o blancas.
f.     Zapatos o tenis negros.

UNIFORME TIPO 2. 
a.   Falda azul  a cuadros de cuatro prenses seguidos,   cada prense de 4 centímetros de ancho, cierre al lado izquierdo y al lado derecho un bolsillo.
b.   Blusa blanca, con abertura adelante y 2 alforzas a los lados, cuello bebé, el escudo del colegio al lago izquierdo, manga corta con embono del material de la falda.
c.    Medias blancas.
d.   Zapatos o tenis negros.

B. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA:
a.   Camibuso blanco sin bolsillos, cuello verde con dos líneas blancas en el borde, manga corta de color verde, el borde es similar al del cuello, al lado izquierdo a la altura del pecho irá ubicado el escudo del colegio el cual tendrá 7 cms de diámetro. 
b.   Podrá emplear camisilla blanca sin publicidad debajo del camibuso.
c.    Sudadera de color verde con líneas blancas a los dos lados, el nombre INSTÉCNICO en el lado izquierdo y NEIVA  en la parte superior del lado derecho.
d.   Medias blancas
e.    Tenis blanco.
f.     Pantaloneta  verde con dos rayas blancas a los costados.

C. UNIFORME DE GALA: Para actos especiales se portará el uniforme de gala así:

UNIFORME TIPO 1: 
a.   Blusa de gala, de manga larga, con puño y botón al lado, en la parte delantera lleva 3 alforzas en forma vertical, cuello estilo bebé con un adorno o lazo del color de la jardinera, en la parte de atrás lleva botones. Debe llevar al lado izquierdo el escudo del colegio de 7 cms. de diámetro.
b.   Falda del uniforme de diario.
c.    Medias blancas.
d.   Zapatos o tenis negros.


UNIFORME TIPO 2: 
a.   Pantalón azul de diario.  
b.   Camisa blanca de manga larga con el escudo del colegio de 7cms de diámetro al lado izquierdo.
c.    zapatos o  tenis negros.
d.   Media azul oscura.
PARÁGRAFO 1: Los estudiantes de grado once 11°, de manera opcional, podrán diseñar el buso PROM, unificado para las dos jornadas, cuyo diseño será aprobado por el Consejo Directivo. 
Este buso podrá ser  utilizado  en la clase de educación física y actos culturales.


D.UNIFORME PARA TALLER:
En el taller se debe utilizar una blusa de trabajo manga ¾, blanca para el Taller de Dibujo y  desarrollo de software. Para los demás talleres la bata es azul  oscura.

E.TRAJE DE GRADO:
El día de la graduación como bachilleres, los estudiantes  asistirán al acto con el uniforme de gala.

ARTICULO 37.   ASPECTOS  DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL
En el cuidado de la presentación personal es importante tener en cuenta los siguientes aspectos: 
a.   El aseo personal diario de su cuerpo y de sus prendas.
b.   El cabello debidamente arreglado. 
c.   Usar el uniforme de acuerdo con el horario correspondiente.

PARÁGRAFO 1:
En caso de dificultad para portar debidamente el respectivo uniforme, el Padre de Familia y/o Acudiente debe informar y solicitar, por escrito, la autorización,  a la Coordinación de Convivencia.

La Coordinadora de Convivencia entregará al estudiante, por escrito, la respectiva autorización.




CAPÍTULO VII

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE  ESTUDIANTES


ARTÍCULO 38.   El Sistema Institucional de Evaluación y Promoción de los estudiantes está reglamentado mediante  Acuerdo No. 011/2011 y sus Acuerdos modificatorios y está inmerso en el P.E.I.



CAPÍTULO VIII


ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES A LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICO SUPERIOR.
ARTÍCULO 39.  Es deber del estudiante asistir puntualmente a la jornada de estudio, a las clases y a las actividades extracurriculares programadas. Todos los estudiantes deben estar presentes en su respectiva aula de clase, a la hora exacta de iniciar la jornada y en cada cambio de clase.  


HORARIO DE ESTUDIANTES

SEDES
JORNADA
INGRESO
INICIO DE
CLASES
SALIDA
SEDE
PRINCIPAL
(Bachillerato)

Jornada
Mañana

5:50 A.M

6:00 A.M
12:00 M
Jornada
Tarde
12:20 P.M
12:30 P.M
6:30 P.M
SEDES PREESCOLAR
Jornada
Mañana
6:50 A.M
7:00 A.M
11:00 A.M
Jornada
Tarde
12:50 P.M
1:00 P.M
5.00 P.M
SEDES PRIMARIA
Jornada
Mañana
6:50 A.M
7:00 A.M
12:00 A.M
Jornada
Tarde
12:50 P.M
1:00 P.M
6.00 P.M

ART. 40.  Seguimiento a la asistencia de los estudiantes:

a.            Cada Docente debe diligenciar el control  de asistencia de los estudiantes en su clase, mediante la planilla dispuesta por la Coordinación.
 Así mismo, el docente debe ingresar al Programa de Informes Académicos las inasistencias presentadas en el Área para el respectivo informe a los padres de familia.

b.           Los Directores de grupo deben hacer seguimiento a las  situaciones reiteradas de inasistencia.  Para estos casos deberá citar al padre de familia y/o acudiente para que contribuyan en la búsqueda de soluciones que lleven a mejorar la asistencia de los estudiantes.

c.            El Director de grupo remitirá a la Coordinación en el formato establecido, los casos reiterados de inasistencia y éste a su vez los analizará y de considerarlo necesario los presentará al Rector para ser remitidos al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Ley 1098 de 2006).

d.           Todo estudiante que registre tres (3) o más días de inasistencia injustificada, deberá solicitar a través de su acudiente boleta de reintegro expedida por la Coordinación. Los Docentes deben exigir dicha boleta.

ARTÍCULO 41. Retardos: Se considera retardo a las actividades escolares, el ingreso a las mismas diez (10) o más minutos después de que éstas se hayan iniciado. 
En caso de retardo al inicio de la jornada escolar, el estudiante debe presentarse con su acudiente a la Coordinación para autorizar su ingreso a clases o presentar justificación escrita, firmada por su acudiente.

ARTICULO 42. Excusas: Toda inasistencia a clases o actividades extracurriculares debe ser justificada, por escrito, por los padres de familia. La excusa debe contener el nombre del estudiante, el grado y la causa de la inasistencia, nombre del padre de familia, firma y número telefónico.
La excusa deberá ser presentada dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la inasistencia. La Coordinación la  avalará con su firma quedando  el estudiante autorizado para presentar evaluaciones y demás deberes que dejó de cumplir durante su ausencia.
En caso de NO presentarse justificación alguna el docente valorará con desempeño BAJO, con nota de uno  (1)  las actividades que dejó de presentar.
PARÁGRAFO 1.
 Los docentes y/o Asesores de Grupo no tienen competencia para sacar o impedir el ingreso de los estudiantes a las clases.
En caso de presentarse una situación conflictiva el docente remitirá el estudiante implicado a la Coordinación. 

PARÁGRAFO 2.
Las inasistencias ocasionadas por representar a la Institución en eventos culturales, deportivos y académicos no se contabilizarán para totalizar  las fallas. La Coordinación autorizará la presentación de las actividades académicas respectivas.

PARÁGRAFO 3. Es deber del Padre de Familia y/o Acudiente informar y presentar excusa médica cuando se adquieran enfermedades infectocontagiosas  (sarampión, viruela, varicela, etc.).  El estudiante debe permanecer en su hogar o en el centro de salud hasta su recuperación.
ARTÍCULO 43. Reprobación por inasistencia: Reprueba el área el estudiante que haya dejado de asistir al 25% o más de la intensidad horaria prevista para el área.
Reprueba el grado el estudiante que haya dejado de asistir al 25% o más del tiempo total previsto para las actividades académicas.
PARÁGRAFO: El porcentaje para determinar la inasistencia, se efectuará con base en la intensidad horaria semanal, teniendo en cuenta el número de semanas programadas por la Institución, sustentado por los informes de inasistencia suministrados por los docentes.







TITULO IV

OTROS ESTAMENTOS BÁSICOS

  
ARTÍCULO 44.  Los otros estamentos básicos hacen referencia al personal encargado de asesorar y dinamizar los procesos administrativos, pedagógicos, de convivencia y comunitarios, que posibiliten la prestación del servicio educativo con eficiencia, calidad y equidad para el desarrollo institucional.  Estos estamentos son: Docentes directivos, docentes con funciones de orientación, docentes con funciones de asesoría de grupo y demás docentes.


ARTICULO 45. DERECHOS Y DEBERES

Los establecidos en los Decretos Leyes 2277/79, 1278/2002 y Ley 734/2002 
                          

ARTÍCULO 46.    CARGOS Y FUNCIONES.

NOMBRE DEL CARGO: COORDINADOR

DEPENDENCIA: COORDINACIÓN DE CONVIVENCIA

JEFE INMEDIATO: RECTOR.  Le corresponde administrar profesores y educandos.

FUNCIONES:

a.    Participar en el Comité de Convivencia.
b.   Colaborar con el Rector en la planeación y evaluación institucional.
c.    Dirigir la planeación y programación de las actividades de administración de alumnos y profesores, de acuerdo con los objetivos y criterios institucionales.
d.   Organizar las direcciones de grupo para que sean las ejecutoras inmediatas de la administración de alumnos.
e.    Coordinar la acción de la unidad a su cargo con la Coordinación Académica, Orientación Escolar, Padres de Familia y demás Estamentos de la Comunidad Educativa.
f.     Establecer canales y mecanismos de comunicación.
g.    Supervisar la ejecución de las actividades de su dependencia.
h.   Coordinar el trabajo del personal a su cargo según las normas vigentes.
i.     Llevar los registros y controles necesarios para la administración de profesores y alumnos.
j.     Recibir todos los días a los estudiantes, desarrollando una función de apoyo a los docentes que estén en portería.
k.   Orientar las direcciones de grupo con los docentes titulares para propiciar un ambiente óptimo de convivencia y estudio
l.     Hacer seguimiento a los estudiantes que faltan a clase reiteradamente.
m.  Orientar y asesorar a los padres de familia en los procesos de convivencia de sus hijos.
n.   Presentar al comité de convivencia los casos que ameriten.
o.    Rendir periódicamente informe al Rector del Plantel sobre las actividades de su dependencia.
p.   Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
q.    Participar activamente en el desarrollo de las Rutas de Atención para la solución de conflictos.


NOMBRE DEL CARGO: COORDINADOR

DEPENDENCIA: COORDINACIÓN ACADÉMICA

JEFE INMEDIATO: RECTOR. De esta Coordinación dependen los Jefes de Área y por relación de autoridad funcional los profesores.

FUNCIONES:

a.   Participar en el Consejo Académico, en las Comisiones de Evaluación y Promoción y en los demás Comités en que sea requerido.
b.   Colaborar con el Rector en la Planeación y Evaluación Institucional.
c.   Dirigir la Planeación y Programación Académica, de acuerdo con los objetivos y criterios curriculares.
d.   Organizar a los profesores por áreas de acuerdo con las normas vigentes y coordinar sus acciones para el logro de los objetivos.
e.   Coordinar la Acción Académica con la de Administración de Alumnos y Profesores.
f.    Establecer canales y mecanismos de comunicación.
g.   Dirigir y supervisar la ejecución y evaluación de las Actividades Académicas.
h.   Dirigir la evaluación del rendimiento académico y adelantar acciones para mejorar el rendimiento académico y la retención escolar.
i.     Programar la asignación escolar de los docentes y elaborar el horario general de  clases del plantel, en colaboración con los Jefes de Área, el Coordinador de Talleres y el Coordinador de Disciplina.  Presentarlos al Rector para su aprobación.
j.     Fomentar la investigación científica para el logro de los propósitos educativos.
k.   Administrar el personal a su cargo, de acuerdo con las normas vigentes.
l.     Presentar al rector las necesidades en materia didáctica de las áreas.
m. Rendir periódicamente informes al rector sobre el resultado de las actividades académicas.
n.   Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
o.   Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.


NOMBRE DEL CARGO: DOCENTES: 

Dependen del Coordinador de Convivencia y por relación de autoridad funcional del Coordinador Académico.  Les corresponde dar la orientación y guía de las actividades curriculares, para que los alumnos logren  los desempeños y cambios de conducta propuestos.

FUNCIONES:

a.   Participar en la elaboración del Planeamiento y Programación de Actividades del área respectiva.
b.   Programar y organizar las actividades de enseñanza aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del área.
c.   Dirigir y Orientar las actividades de los alumnos para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.
d.   Participar en la programación de las actividades complementarias.
e.   Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza aprendizaje.
f.    Presentar a la Coordinación Académica informe del rendimiento de los educandos a su cargo, al término de cada uno de los periodos académicos dejando registro en el sistema de información.
g.   Participar en la administración de educandos conforme lo determine el Manual de Convivencia Institucional y presentar los casos especiales a los Coordinadores, al Asesor de Grupo y/o Orientación Escolar para su tratamiento.
h.   Ejercer la Asesoría de Grupo cuando le sea asignada.
i.     Participar en los Comités en los  que sea requerido.
j.     Cumplir la jornada laboral y la asignación académica de acuerdo con las normas vigentes.
k.   Cumplir los turnos de disciplina que le sean asignados.
l.     Participar en los actos de comunidad y asistir a las reuniones convocadas por los directivos del plantel.
m. Atender a los Padres de Familia de acuerdo con el horario  establecido.
n.   Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo.
o.   Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el Manual de Convivencia Institucional y con los Protocolos definidos en la Ruta de Atención integral para la Convivencia Escolar
Si la situación de intimidación de la que tiene conocimiento se hace a través de medios electrónicos, igualmente deberá reportar al Comité de Convivencia para activar el Protocolo respectivo.
p.   Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizaje democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana,  a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.
q.   Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.
r.    Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de Convivencia.
s.    Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.


CARGO:  DOCENTE ASESOR DE GRUPO.

DEPENDENCIA: ASESOR DE GRUPO.
El Docente encargado de la Asesoría de Grupo, tendrá, además, las siguientes funciones:

a.   Participar en la Planeación y Programación  de la administración de alumnos, teniendo en cuenta sus condiciones socioeconómicas y características personales.
b.   Ejecutar el Programa de Inducción de los educandos del grupo confiado a su dirección.
c.   Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.
d.   Hacer seguimiento a los casos reiterados de inasistencia de estudiantes y ,si es el caso, remitirlos a la Coordinación de Convivencia, en el formato establecido para tal fin
e.   Orientar a los educandos en la toma de decisiones sobre su comportamiento, aprovechamiento académico, en coordinación con el servicio de Orientación Escolar.
f.    Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en coordinación con otros estamentos, las soluciones más adecuadas.
g.   Conformar Comités de Apoyo para  el bienestar del grupo y hacerles seguimiento.
h.   Establecer comunicación permanente con los profesores y Padres de Familia y/o Acudientes para coordinar la acción educativa.
i.     Diligenciar las fichas de registro,  control y seguimiento de los educandos del grupo a su cargo, en coordinación con el servicio de Orientación escolar y/o Coordinación.
j.     Participar en los Programas de Bienestar para los Educandos del grupo a su cargo.
k.   Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados a los Coordinadores del Plantel.


DOCENTE ORIENTADOR
IDENTIFICACIÓN DEL CARGO
EMPLEO:  DOCENTE
CARGO:     DOCENTE ORIENTADOR
CARGO DEL JEFE INMEDIATO:  RECTOR 

PROPÓSITO PRINCIPAL.
Desarrollar una estrategia de orientación estudiantil en el marco del PEI del E.E. que permita promover el mejoramiento continuo del ambiente escolar y contribuya a la formación de mejores seres humanos, comprometidos con el respeto por el otro y la convivencia pacífica dentro y fuera de la institución educativa.

Funciones Principales.
Artículo 2.3.3.1.6.5. del Decreto 1075 de 2015
En todos los establecimientos educativos se prestará un servicio de orientación estudiantil que tendrá como objetivo general el de contribuir al pleno desarrollo de la personalidad de los educandos, en particular en cuanto a:

a.    La identificación de aptitudes e intereses
b.    Promueve la convivencia y la resolución pacífica de los conflictos individuales, familiares y grupales  suscitados en  los estudiantes.,
c.    La participación en la vida académica, social y comunitaria
d.    El desarrollo de valores y
e.    Las demás relativas a la formación personal de que trata el Artículo 92 de la Ley 115 de 1994

Además,  
f.     Planear y programar las actividades de su dependencia , de acuerdo con los criterios establecidos por la dirección del plantel.
g.    Orientar y asesorar a docentes, educandos y padres de familia sobre la interpretación y aplicación de la filosofía del plantel.
h.    Brindar asesoría psicopedagógica a los casos especiales de comportamiento que se presentan en la Institución Educativa y activar el protocolo de identificación y referencia de eventos de salud mental, apoyados en el trabajo en red con las diferentes entidades especializadas.
i.      Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y presentar  oportunamente los informes al Rector del Plantel.
j.      Realizar el Plan Operativo Anual según sus funciones.
k.    Realizar diagnósticos de necesidades de orientación educativa en la comunidad escolar.
l.      Realizar actividades de inducción a los estudiantes de nuevo ingreso.
m.   Contribuir en el proceso de identificación de factores de riesgo psicosocial que puedan influir en el Proyecto de  vida de los educandos.
n.    Liderar la implementación de la ruta de prevención, promoción, atención y seguimiento para la convivencia escolar.
o.    Participar en el Comité Escolar de Convivencia de la institución y cumplir las funciones que se han determinado por Ley.
p.    Promover  el buen trato y las relaciones armónicas entre los miembros de la comunidad educativa.
q.    Gestionar  la implementación de la estrategia de la institución para relacionarse con las diferentes entidades  para intercambiar experiencias y recibir apoyo en el campo de la convivencia y la orientación escolar frente a la salud mental de la comunidad educativa.
r.     Organizar y promover la asistencia de los estudiantes y padres de familia, en actividades recreativas, culturales, deportivas, cívicas, académicas y ambientales dentro y fuera de la Institución.
s.    Diseñar y poner  en marcha la escuela de familias para apoyarlas en la orientación psicológica, social y académica de los estudiantes.
t.     Promover  la vinculación de la institución en programas de convivencia y construcción de ciudadanía que se desarrollen en el municipio y respondan a las necesidades de la comunidad educativa.
u.    Participar en la identificación de riesgos físicos y psicosociales de los estudiantes  como parte de un comité, para incluirlos en el Manual de Gestión del Riesgo de la Institución.
v.    Proponer acciones de seguridad para que se incluyan en el Manual de Gestión del Riesgo de la Institución, que favorezcan la integridad de los estudiantes.




CAPÍTULO I

PERSONAL ADMINISTRATIVO 


ARTICULO 47.  DEFINICION DEL CARGO
Son las personas nombradas de tiempo completo o  temporal para realizar funciones técnicas de carácter administrativo, financiero, mantenimiento, control, vigilancia y aseo conforme a las normas establecidas para los servidores públicos.

ARTICULO 48.  DERECHOS Y DEBERES
Los establecidos en la Ley 734 de 2002
ARTÍCULO 49.  CARGOS Y FUNCIONES

NOMBRE DEL CARGO:  PAGADOR. Depende del Rector

DEPENDENCIA:  PAGADURÍA.  
FUNCIONES.
a.     Planear y programar las actividades de su dependencia.
b.     Colaborar con el Rector en la elaboración del anteproyecto de presupuesto.
c.     Participar en los comités que sea requerido
d.     Manejar y controlar los recursos financieros de la institución.
e.     Manejar las cuentas corrientes y llevar los libros reglamentarios, de acuerdo con las normas vigentes.
f.      Elaborar los boletines diarios de caja y bancos.
g.     Hacer las conciliaciones bancarias y el balance mensual.
h.     Enviar mensualmente la rendición de cuentas y el estado de ejecución presupuestal a la contraloría y a la unidad administrativa de la cual depende el plantel.
i.      Liquidar y pagar las cuentas de cobro de obligaciones contraídas por la Institución y girar los cheques respectivos.
j.      Hacer los descuentos de Ley y los demás que le sean solicitados por autoridad competente o por el interesado y enviarlo oportunamente a las entidades correspondientes.
k.     Expedir constancias de pagos, certificados y paz y salvos.
l.      Evaluar periódicamente las actividades programadas y ejecutadas y presentar oportunamente informes al Rector.
m.   Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los muebles, equipos y materiales confiados a su manejo.
n.     Cumplir con el horario asignado.
o.     Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de su cargo.

NOMBRE DEL CARGO:  SECRETARIA ACADÉMICA.  Depende del Rector.
Dependencia:  Secretaría Académica.
FUNCIONES.
a.     Programar y organizar las actividades propias de su cargo.
b.     Responsabilizarse del diligenciamiento de los libros de matrícula y calificaciones.
c.     Organizar el proceso de matrícula.
d.     Elaborar las listas de los educandos.
e.     Mantener ordenada y actualizada la documentación de educandos.
f.      Colaborar con el Rector en la elaboración de los informes estadísticos.
g.     Organizar funcionalmente el archivo y elaborar los certificados que le sean solicitados.

h.     Refrendar con su firma los certificados expedidos por el Rector del plantel.
j.                  Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
k.                 Atender al público en el horario establecido.
l.                  Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su manejo.
m.               Entregar oportunamente a la Coordinación el directorio telefónico de los estudiantes y el carné estudiantil.
n.                 Mantener actualizado el sistema de información de matrículas.
o.                 Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.


NOMBRE DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVA.  Depende del Rector.
DEPENDENCIA:ALMACEN 
FUNCIONES:
a.    Planear y programar las actividades propias del almacén.
b.   Administrar los bienes, muebles e inmuebles del plantel.
c.    Organizar y ejecutar el programa general de compras de la Institución.
d.   Elaborar solicitud de cotizaciones o licitaciones a los proveedores previamente seleccionados por el Rector o el Consejo Directivo.
e.    Establecer los mecanismos de solicitud y entrega de materiales a las dependencias que lo requieran.
f.     Elaborar y actualizar la lista de proveedores.
g.    Elaborar y mantener al día los inventarios, el libro kárdex u otros, de acuerdo con las normas vigentes.
h.   Elaborar y enviar a la contraloría el informe mensual de cuentas y el inventario general anual.
i.     Elaborar el balance mensual con base en los comprobantes de entrada y salida de elementos de la institución.
j.     Pasar en las fechas establecidas los documentos requeridos para el pago de las diferentes obligaciones contraídas con la Institución.
k.   Colaborar con el rector en la administración de los bienes de la institución.
l.     Solicitar oportunamente a la contraloría las bajas de los implementos fuera de uso.
m.  Responder por el mantenimiento, seguridad e integridad  de los elementos confiados a su cargo.
n.   Realizar solicitudes de dotación de equipos y materiales.
o.    Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida.
p.                 Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

NOMBRE DEL CARGO: ASISTENTE ADMINISTRATIVA.  Depende del Rector.
DEPENDENCIA.  Secretaria de Rectoría.
FUNCIONES:
a.     Organizar y manejar el archivo de su oficina
b.     Atender al público dentro del horario establecido.
c.     Recibir, registrar, clasificar y archivar la correspondencia y demás documentos que le sean confiados.
d.     Elaborar y enviar la correspondencia que se produzca en las oficinas.
e.     Transcribir las resoluciones y llevar el archivo de las mismas.
f.      Elaborar las citaciones a diferentes reuniones ,emanadas de Rectoría y hacer  las notificaciones respectivas.
g.     Redactar y transcribir correspondencia y documentos diversos
h.     Brindar apoyo logístico en actividades especiales.
i.       Cumplir la jornada laboral legalmente establecida.
j.       Responder por el uso adecuado, seguridad y mantenimiento de los equipos y materiales confiados a su manejo.
k.     Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.

NOMBRE DEL CARGO:  ASISTENTE ADMINISTRATIVA.  Depende del Rector.
DEPENDENCIA.  Biblioteca y Ayudas Educativas.
FUNCIONES:
a.   Elaborar el Reglamento Interno de la biblioteca y presentarlo al Rector para su aprobación.
b.   Programar y desarrollar jornadas de trabajo con profesores y estudiantes sobre la adecuada utilización de la biblioteca y el material didáctico.
c.   Clasificar, catalogar y ordenar los materiales bibliográficos y didácticos existentes.
d.   Establecer y mantener intercambio bibliográfico con entidades nacionales y extranjeras.
e.   Suministrar, oportunamente, el material bibliográfico y orientar al usuario sobre su utilización.
f.    Facilitar oportunamente los materiales solicitados por los docentes.
g.   Llevar el registro de utilización del servicio y el control de los préstamos realizados.
h.   Evaluar periódicamente las actividades realizadas y rendir informes oportunos  al Rector.
i.     Atender a  los alumnos que utilicen la biblioteca, facilitándoles el acceso a diferentes fuentes de información y orientándoles sobre su utilización.
j.     Colaborar en actividades de promoción de la lectura como medio de información, entretenimiento y ocio.
k.   Asesorar en la compra de nuevos materiales y fondos para la biblioteca.
l.     Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida.
m. Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad del material bibliográfico, audiovisual, muebles y equipos confiados a su manejo.
n.   Cumplir las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.


NOMBRE DEL CARGO: VIGILANTE.  Depende del Rector.
DEPENDENCIA.  Portería. FUNCIONES:
a.    Registrar el ingreso y salida de los visitantes del centro educativo.
b.   Controlar el ingreso o salida de estudiantes.
c.    Abrir y cerrar la puerta las veces que sea necesario.
d.   Exigir a los estudiantes la autorización de salida de la Institución.
e.    Controlar el ingreso de los padres de familia, quienes deben presentar formato de citación y en caso contrario registrarlos como visitantes.
f.     Responder el teléfono, tomando nota de la identidad de quien llama y el mensaje.
g.    Hacer ronda y verificar los puntos más vulnerables del centro educativo.
h.   No dejar las llaves en portería y no ausentarse de la misma por largos periodos.
i.     Encender y apagar las luces.
j.     Timbrar para los cambios de clase, según el horario establecido.
k.   Colaborar con otras dependencias cuando sean informados de la presencia de personas extrañas a la Institución.
l.     Responder por el aseo y cuidado de la zona de trabajo.
m.  Responder por los elementos utilizados para la realización de sus tareas.
n.   Informar sobre cualquier novedad ocurrida en la zona o en los equipos bajo su cuidado.
o.    Avisar oportunamente al jefe sobre su inasistencia para así poder organizar su reemplazo y no presentar complicaciones.
p.   Ofrecer información y atención al público
q.                 Vigilar la zona de parqueo de vehículos, motos y bicicletas.
r.                  Cumplir con la jornada laboral establecida.
s.                 Acatar los llamados de atención y presentar los descargos , por escrito.
t.                  Ser receptivo ante las instrucciones dadas.
u.                 Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de su cargo.


NOMBRE DEL CARGO: Auxiliar Administrativo  y de Servicios Generales. Depende del Rector.
DEPENDENCIA.  Servicios Generales.
FUNCIONES:  
a. Responder por el aseo y cuidado eficiente de las áreas o zonas que le sean asignadas.
b. Responder por los elementos utilizados para la ejecución de sus tareas.
c.  Informar sobre cualquier novedad ocurrida en la zona o en los equipos bajo su cuidado.
d. Cuando se termine su turno, dejar su área de trabajo ordenada y limpia.
e.  Velar por la buena presentación de las instalaciones del Centro Educativo.
f.   Cumplir con las labores que le sean encomendadas con sentido de pertenencia y teniendo siempre en cuenta el bien común.
g. Informar a directivos y/o educadores cualquier inconveniente que se presente con un educando o personal del Centro Educativo.
h. Ser receptivo ante las instrucciones dadas.
i.   Acatar los llamados de atención y presentar los descargos , por escrito.
j.   Avisar oportunamente al jefe sobre inasistencia para así poder organizar el trabajo y no se presenten complicaciones.
k. Cumplir con la jornada laboral legalmente establecida.
l.   Cumplir con las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

                                            

CAPÍTULO II

 PADRES DE FAMILIA Y/0 ACUDIENTES


ARTICULO 50. PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES: Son una de las instancias de mayor importancia en el proceso de formación integral de los estudiantes; de su apoyo,  interés, responsabilidad y su decidida colaboración  depende el fortalecimiento y  el logro de los objetivos institucionales y por consiguiente el éxito de sus  hijos.  El correcto uso de sus derechos y el compromiso con sus deberes hacen posible el trabajo armónico en la institución.

ARTICULO 51DERECHOS.
a.   Conocer  con anticipación  o en el momento de la matrícula las características del establecimiento educativo, los principios que orientan el Proyecto Educativo Institucional en el Manual de Convivencia, el Plan de Estudios, las estrategias pedagógicas básicas, el sistema de evaluaciones escolar y el Plan de Mejoramiento Institucional.
b.   Expresar de manera respetuosa y por conducto regular  sus opiniones respecto del proceso educativo de sus hijos y sobre el grado de idoneidad del personal Docente y Directivo de la Institución Educativa.
c.    Participar en el proceso educativo que desarrolla el establecimiento  en que están matriculados sus hijos y de manera especial, en la construcción, ejecución y modificación del Proyecto Educativo
Institucional.
d.   Recibir  respuesta suficiente y oportuna a sus requerimientos sobre la marcha de establecimiento y sobre los asuntos que afectan particularmente el proceso educativo de sus hijos.
e.    Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento  y el comportamiento de sus hijos.
f.     Conocer  la información sobre los resultados  de la Prueba SABER  de evaluación de la calidad del servicio educativo  y en particular del establecimiento en que se encuentran matriculados sus hijos.
g.   Elegir y ser elegido para representar  a los Padres de Familia  en los órganos de Gobierno Escolar en los términos previstos en la Ley General de Educación.
h.   Conocer el sistema Institucional de Evaluación de los estudiantes: Criterios, procedimientos e instrumentos de Evaluación y Promoción desde el inicio del año escolar.
i.     Acompañar el proceso evaluativo de los estudiantes.

j.     Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso  de evaluación de sus hijos.
ARTICULO 52. DEBERES:
a.   Brindar amor, afecto y ternura  a través de la crianza para que de esta manera pueda formar mejores seres humanos  y los hijos tengan la posibilidad de enfrentar la vida con mayor seguridad.
b.   Inculcar en los hijos valores y principios de convivencia, que los prepare como seres sociales tanto en su propia familia como en las relaciones con los demás.  Esto garantizará que sean en el futuro personas productivas para la sociedad.
c.    Promover en los hijos el sentido de la solidaridad, la pertenencia, el cuidado del ambiente, la participación, no solo en el ámbito familiar, sino en todos los sitios donde éstos tengan la posibilidad de actuar, bien sea la escuela, el barrio, la vereda, el parque y demás lugares donde interactúe con el entorno
d.   Proporcionar lo necesario para que su hijo disfrute de un buen estado de bienestar físico, mental y afectivo, sentando así las bases de su estabilidad emocional como persona adulta.
e.    Garantizarle a los hijos la educación
f.     Los padres de familia deben usar una comunicación respetuosa y asertiva con los docentes frente a la búsqueda de estrategias y acciones concretas para la solución y atención de las situaciones pedagógicas y/o especializadas que requiera el educando de acuerdo a sus necesidades.

g.   Matricular oportunamente a sus hijos en las fechas establecidas por la Institución  y asegurar su permanencia durante su edad escolar. Contribuir  para que el servicio  educativo sea armónico con el ejercicio del derecho a la educación y en cumplimiento de sus fines  sociales y legales.
h.   Cumplir con las obligaciones  contraídas en el acto de matrícula y en el Manual de Convivencia para facilitar el proceso educativo.
i.     Velar permanentemente por el desarrollo integral de sus hijos (as) en los aspectos académicos y de convivencia social de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Código del Menor y del artículo 17 de la Ley 115/94, el Código de la Infancia y la Adolescencia Ley 1098 del 08 de Febrero del 2006, el PEI y por las normas del presente Manual de Convivencia.
j.     Orientar, revisar y controlar las tareas, lecciones, talleres y demás actividades que propenden por el mejoramiento del rendimiento escolar y la formación integral de sus hijos.
k.   Asistir personalmente a todas las reuniones o citaciones hechas por la Institución Educativa, en caso de fuerza mayor excusarse por escrito.
l.     Respetar y hacer respetar la integridad moral y profesional de toda la comunidad educativa.
m. Dotar al alumno de los uniformes e implementos necesarios exigidos por la Institución Educativa y asumir la responsabilidad y los correctivos en caso de no cumplirlos.
n.   Orientar y apoyar a sus hijos en sus deberes y aspiraciones como personas y como estudiantes.
o.   Responsabilizarse por los daños ocasionados por el alumno en bienes de la Institución Educativa o perjuicios a sus compañeros (as).
p.   Velar por la puntual asistencia y la debida presentación de sus hijos en todas las actividades de la Institución Educativa (Articulo 314 Código del Menor).
q.   Colaborar y/o participar en las actividades que tengan como finalidad el progreso de la Institución.
r.    Informar a la Coordinación  oportunamente la inasistencia del alumno (a) al plantel, en caso de enfermedad anexar incapacidad médica, dentro de los tres (3) días siguientes a la inasistencia.

s.    Estar atentos al desempeño de sus hijos dentro y fuera de la Institución.
t.    Acatar los correctivos y sanciones aplicados a sus hijos de acuerdo a lo establecido en el Manual de Convivencia.
u.   Contribuir a un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de los hijos y la mejor relación entre los integrantes de la comunidad educativa.
v.    Presentar paz y salvo por todo concepto con la Institución en el momento requerido.
w.  Comunicar oportunamente y en primer lugar a las autoridades de la Institución Educativa las irregularidades a que tenga conocimiento, entre otras en relación con el maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas ilícitas. 
x.   Los padres de familia o acudientes o representantes legales de los estudiantes hallados positivos en consumo de S.P.A. que no acaten la norma de remisión de sus hijos a un centro especializado para su tratamiento de resocialización y rehabilitación serán reportados a las autoridades pertinentes como lo consagra el Articulo 44 en los numerales 7 y 9 de la Ley de Infancia; y siguiendo el debido proceso, por el delito de maltrato infantil, descuido omisión y trato negligente en el acatamiento al Artículo 18 de la Ley de Infancia y por abandono como lo consagra el Articulo 20 numeral 1 de la misma Ley.

PARÁGRAFO . Los padres de familia o acudientes que no acaten los llamados que le hace la Institución  en aras de la protección y bienestar de sus hijos, de manera inmediata, se considerará una situación de omisión, abandono y trato negligente.  Por tal motivo, serán objeto de remisión a la entidad competente.
y.   Comprender que de ninguna manera está permitida la tenencia y porte de armas de fuego, armas blancas u objetos contundentes o explosivos por su parte, de hallarse culpable de tales conductas, él o la estudiante será de inmediato privado de permanecer en la Institución Educativa después de cumplir el debido proceso correspondiente.  En todos los casos esta falta es considerada de Tipo III y su consecuencia es la pérdida del cupo y su retiro inmediato.  Dando cumplimiento al Artículo 44, numeral 4 de la Ley de Infancia 1098 y a la Ley de los garantes o Artículo 25 del Código Penal.
z.    Reparar los daños que cause su hijo a la planta física, el mobiliario o al material didáctico.
aa.        Tema religioso.  Según el Decreto 4500 de 2006 el estudiante ejerce su derecho a la libertad religiosa al optar o no por tomar la educación religiosa que se ofrece en el establecimiento educativo:  De participar o no de los actos religiosos que se programen, para no asistir deben haber hecho la solicitud, por parte del padre de familia, en el momento de la matrícula  (Ley 133 de 1994)

CAPITULO  III

LOS EGRESADOS

ARTICULO 53. DEFINICION: Como  Egresado se entiende a la persona que haya optado el título de Bachiller Técnico en una de las especialidades que ofrece la Institución Educativa Técnico Superior. La Asociación de Egresados en una organización autónoma de interés común, sin ánimo de lucro; de carácter democrático,  regida por los estatutos y las disposiciones legales vigentes, su domicilio es la Sede Central de la Institución Educativa.

La institución propende porque sus egresados sean personas íntegras y felices para la vida, personas que se desempeñen satisfactoriamente en todo lo que emprendan: Laboral, social o individualmente; con amplio sentido crítico de la sociedad, que le permita asumir roles que ejecute con eficiencia y sea capaz de tomar decisiones autónomas y responsables, sea una persona respetuosa, solidaria, generosa y comprometida con la Institución desde la instancia en donde se encuentre.

 

  

TITULO V

OTROS SERVICIOS

CAPITULO I

SERVICIOS DE BIENESTAR


ARTÍCULO 54. ORIENTACION ESCOLAR: Profesional encargado de  contribuir al desarrollo integral del educando y ser un valioso apoyo en los procesos formativos de la comunidad educativa, especialmente en los estudiantes con dificultades académicas y/o de convivencia, como también en cuanto a la toma de decisiones, identificación de aptitudes e intereses, la solución de conflictos y problemas individuales, grupales y familiares (Art. 40, Decreto 1860 de 1994).

Para que el estudiante acceda al servicio debe tener en cuenta:

1.    Avisar oportunamente al docente de la clase para que le conceda el permiso.
2.    Asistir puntualmente a las citas establecidas por orientación.
3.    Presentar al Docente la constancia de atención con la firma de la Orientación y el tiempo empleado. 
El servicio lo pueden solicitar:
1.    El estudiante o Padre de Familia.
2.    Docentes y Asesores de Grupo cuando requieran el apoyo de este servicio.
3.    La Coordinación, para la solución de conflictos o problemas individuales o grupales y el desarrollo de acciones formativas.
4.    Las Comisiones  de Evaluación  y  Promoción cuando se requiere su concepto para la aplicación de estrategias en beneficios de los estudiantes y la Comunidad Educativa. 

ARTICULO 55. BIBLIOTECA: La Biblioteca  es  un espacio educativo, que alberga una colección organizada y centralizada de todos los  materiales  y recursos bibliográficos y  audiovisuales  de que dispone la Institución Educativa para facilitar los procesos  formativos   de sus estudiantes y de la comunidad educativa en general.  La biblioteca  se constituye  en un lugar favorable para  el  estudio,  la investigación, el descubrimiento,  la autoformación y la lectura.
 Para utilizar el servicio de Biblioteca se debe tener en cuenta:
a.         Presentar el Carné de identificación diligenciado y actualizado.
b.        Comportarse respetuosamente con quienes prestan o hacen uso del servicio. 
c.         Observar una presentación personal decorosa al momento de solicitar el servicio.
d.        Conservar un comportamiento disciplinado dentro de la sala de consulta, trabajando en completo silencio.
e.         No sustraer o mutilar los libros.
f.          Entregar oportunamente los libros concedidos en préstamo.
g.         Mantenerse  a paz y salvo con el servicio. 
h.        Identificar el material requerido consultando el fichero o al funcionario encargado.
i.          Cuidar y mantener  en orden los enseres de la biblioteca.
j.          El ingreso de un grupo de  estudiantes se hará bajo la responsabilidad y la presencia del profesor que solicita el servicio.
k.        El servicio se prestará durante las dos jornadas (mañana y tarde), en horario de
6.00 a.m. a 12.00 p.m. y de 12.30 p.m. a 6.30 p.m. de Lunes a Viernes.
l.          Son usuarios de la biblioteca los estudiantes matriculados en la Institución, egresados, docentes, personal administrativo, padres de familia y demás funcionarios.
m.       Respetar y cumplir el reglamento publicado en  biblioteca y/o  asumir con responsabilidad las consecuencias de sus actuaciones. 


ARTÍCULO 56. TIENDA ESCOLAR: La cafetería y casetas del servicio escolar, está a cargo de personas particulares, quienes a través de un contrato de arrendamiento avalado por el Consejo Directivo se hacen responsables de las condiciones de salubridad, aseo y calidad de los alimentos.

En la utilización de este servicio se debe tener en cuenta:

a.         Respetar el turno en la fila y evitar aglomeraciones.
b.        Ser correcto, honrado y amable en el trato.
c.         Utilizar los recipientes para la basura.
d.        Utilizar el servicio solo en horas de descanso. 
e.         Comunicar cualquier anomalía que se presente en la prestación del servicio.


ARTÍCULO 57.  RESTAURANTE ESCOLAR.   Este servicio es ofrecido por entidades públicas o privadas, a estudiantes en condición de vulnerabilidad y/o población focalizada dependiendo de la necesidad evidenciada por la Institución educativa.

En la utilización de este servicio se debe tener en cuenta:
1.     Portar el uniforme de la institución.
2.     Respetar el turno en la fila y evitar aglomeraciones.
3.     Ser respetuoso, honesto y amable en el trato.
4.     Consumir todos los alimentos y evitar arrojarlos a la basura.
5.     Utilizar el servicio en el horario establecido.
6.     Exigir el cumplimiento de la minuta establecida.
7.     Comunicar cualquier anomalía que se presente en la prestación del servicio ante la contraloría, personería estudiantil y docente encargado.



CAPITULO II

  SALIDAS PEDAGOGICAS Y AREAS ESPECIALIZADAS

  
 ARTÍCULO 58.  SALIDAS PEDAGOGICAS:  
(De conformidad con la Directiva Ministerial 08 de junio 12 de 2009 y la Directiva 030 del 31 de diciembre de 2009).
El propósito principal de las salidas pedagógicas es el fortalecimiento de las competencias básicas y ciudadanas en los estudiantes.

 ART. 59. PROCEDIMIENTOS PARA EL DESARROLLO DE LAS SALIDAS
PEDAGÓGICAS

a.   Deben estar contempladas en el Plan de Mejoramiento y Cronograma de Actividades del Área.
b.   Se debe elaborar y presentar el Plan de la Salida Pedagógica al Consejo Académico para su aprobación, al inicio del año escolar.
c.    Comunicar sobre el desarrollo de las Salidas Pedagógicas oportunamente a las Coordinaciones.
d.   El Docente responsable de la actividad debe comunicar a los Padres de Familia con ocho (8) días hábiles de anticipación sobre la salida pedagógica y contar con su autorización por escrito. Así mismo solicitar fotocopia del carné que acredite la afiliación del estudiante al Sistema General de Seguridad Social.
e.    El Rector deberá comprobar que los sitios cuenten con adecuadas condiciones de seguridad y salubridad, así como verificar que las empresas de transporte y sus vehículos cuenten con licencias, autorizaciones, permisos y revisiones técnicas definidas por las normas vigentes para su operación y funcionamiento.

ARTÍCULO 60.  ÁREAS DEPORTIVAS: Son los espacios destinados para la práctica de actividades lúdicas, recreativas y deportivas.   Para el uso adecuado de estos espacios deportivos se establece cumplir con los siguientes requerimientos:
a)    Hacer uso adecuado de las instalaciones locativas y sus bienes muebles e inmuebles.
b)   Portar el uniforme de educación física para el desarrollo de la clase o la práctica deportiva en general.
c)    Tener un comportamiento respetuoso en las actividades deportivas y recreativas.
d)   Conservar limpios los espacios ocupados y zonas aledañas.
e)    Respetar los elementos de los demás.
f)     Cuidar y devolver los elementos deportivos al terminar cada una de las prácticas.
  
ARTÍCULO 61.  CELADURÍA – PORTERÍA: Es el personal encargado de la vigilancia y control  dentro de la Institución. Es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:

a.        Presentar la autorización de Rectoría o Coordinación  para el ingreso o salida de la Institución.
b.        Ofrecer un trato cordial y respetuoso al personal encargado de la vigilancia.
c.        Informar a los vigilantes cualquier anomalía o irregularidad que se presente.
d.        Evitar permanecer en el área de portería.
e.        Respetar la autoridad y acatar las sugerencias dadas por el personal que presta este servicio.

ARTICULO 62. AULAS ESPECIALIZADAS:  La Institución cuenta con Laboratorios de Física, Química, Biología, Sala de Audiovisuales, Salas de Informática, Aula para práctica de Tecnología, Aula para práctica de Dibujo y los Talleres de Mecánica Industrial, Mecánica Automotriz y Diesel, Metalistería, Ebanistería y Modelería, Dibujo Técnico, Programación en Diseño de Software y Fundición y Metalurgia.

Cada una de estas aulas especializadas posee  su propio reglamento,  el cual está publicado en  la cartelera de cada  una de  ellas y es de obligatorio cumplimiento.


ART. 63.  MODIFICACIONES AL MANUAL DE CONVIVENCIA.

Toda modificación al presente Manual estará liderada por el Comité de Convivencia,  con la participación de los representantes de  los estamentos de la comunidad educativa institucional.

TÍTULO VI PROHIBICIONES


Art. 64
a.    Fumar en recintos cerrados como aulas y oficinas o lugares donde haya presencia de personas o dentro de los predios de la Institución 
Educativa.  (Resolución 1956 del 30 de marzo de 2008)
b.    Presentarse en estado de embriaguez o bajo el efecto de sustancias alucinógenas o hacer apología de su consumo o expenderla en el interior o sitios aledaños a la Institución Educativa o en actos públicos que comprometan su buen nombre
c.    Portar cualquier tipo de armas en el interior de la Institución Educativa.
d.   El acoso sexual
e.    Toda conducta lujuriosa o lasciva dentro o fuera de la Institución Educativa.
f.     Realizar rifas clandestinas, apostar dinero en juegos de azar y portar revistas pornográficas.
g.    Denigrar de los miembros de la comunidad educativa.
h.   Atentar contra el hábitat natural organizando fogatas o quemas, realizando daños de árboles, prados y jardines, etc., despilfarrando el agua u otro recurso natural dentro o fuera de la Institución. i. Incurrir en soborno ya sea como sujeto activo o pasivo.
j.    Citar a actividades o reuniones sin permiso de la autoridad competente  de la Institución.
k.  Permitir el acceso a las aulas de clase durante el desarrollo de éstas a vendedores o promotores de ventas de artículos, rifas o servicios de cualquier clase, sin la debida autorización.
l.    Realizar prácticas satánicas o hacer apología de estas sectas.
m.          El robo o el hurto dentro o fuera de la Institución en donde se comprometa el buen nombre de la misma y de su propia persona.
n.  Denigrar a través de los diferentes medios de comunicación sobre la integridad física o moral  de cualquier miembro de la comunidad educativa.
ñ. Protagonizar escándalos o hechos bochornosos dentro o fuera de la Institución.











ANEXOS


 Anexo No.  1      MODELO PEDAGÓGICO
Anexo  No. 2.      RUTAS DE ATENCIÓN EN CASOS DE EVENTOS  EN SALUD MENTAL
  

  

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